Interview with Antonio Embid Irujo

Authors

  • Equipo Editorial

DOI:

https://doi.org/10.23824/ase.v0i15.492

Abstract

Antonio Embid Irujo es catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Zaragoza.

En 1983 fue elegido diputado de las Cortes de Aragón por Zaragoza y nombrado Presidente de las Cortes en esa primera legislatura (1983-1987). Continuó como diputado en la segunda (esta vez por Teruel y formando parte de las Comisiones Institucionales y de Reglamento de las Cortes de Aragón) y en la tercera legislatura, hasta  noviembre de 1992.

Entre diciembre de 1994 y enero de 1997 fue Presidente de la Junta Arbitral de Consumo Autonómica de la D.G.A. En diciembre de 1995 fue nombrado Consejero de la Comisión Jurídica Asesora del Gobierno de Aragón y en junio de 1996, miembro del Consejo de la Energía de Aragón. Es autor de numerosos trabajos entre los que se pueden destacar, Los parlamentos territoriales: un estudio sobre el régimen jurídico de las asambleas legislativas de las comunidades autónomas (1987), Las libertades en la enseñanza (1982), La planificación hidrológica, régimen jurídico (1991), El control de la administración pública por los comisionados parlamentarios (1988), Ordenación del seguro y competencias de los poderes públicos (1997), La enseñanza en España en el umbral del siglo XXI: consideraciones jurídicas (2000).

En el año 2007 se le concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio.

ENTREVISTA

El tema monográfico del presente número de la revista AVANCES en Supervisión Educativa aborda el estudio de la Inspección de Educación como servicio público. Una opinión abierta,  a cierta distancia de la profesión, puede ser una ráfaga de aire fresco que nos ayude a enfocar la realidad en la que se desenvuelve nuestro trabajo de forma más  técnica y objetiva.

AVANCES: ¿Necesita la profesión de enseñar un nuevo rumbo? Los cambios sociales y económicos plantean un nuevo panorama global, las Tecnologías de la Información y Comunicación hacen que la información pueda conseguirse con relativa facilidad, el papel tradicional del profesor como transmisor del conocimiento  va perdiendo sentido. ¿Cuál sería, a su juicio, el nuevo rol que debe asumir el profesorado en cualquier nivel educativo?

En la pregunta está la respuesta ya implícita. Una cosa es la información y otra muy distinta el conocimiento. Y aun distinta a las dos cuestiones anteriores, es la posición, la aptitud, ante la información y el conocimiento. El papel del profesor en todas esas cuestiones es insustituible y nunca lo podrá asumir un programa informático o la red, como tampoco lo asume el tradicional libro de texto. Valorar la información, jerarquizarla, trasmitir valores. Ese es el papel del profesor. Ahora y mañana.

AVANCES: La educación necesita estabilidad. En la enseñanza no universitaria, la alternancia de los principales partidos  en el gobierno  suele llevar aparejada una nueva Ley que modifica los contenidos y presupuestos de la anterior.  ¿Cree que sería posible conseguir unos objetivos claros y unos contenidos socialmente transparentes  capaces de conjugar lo mínimo común a modelos educativos diferentes?

La experiencia demuestra, hasta ahora, que la alternancia en el poder ha conducido a cambios en la ordenación jurídica de la educación. En muchos casos más formales que reales. En la enseñanza todavía es posible advertir contradicciones entre las grandes ideologías que se contraponen (y en ciertos ámbitos se yuxtaponen) por lo que hasta suele existir un interés compartido en ofrecer al electorado muestras de tal contraposición. No me parece positivo el continuo cambio de normativa, que suele traer más inconvenientes que ventajas. Debería discernirse muy bien qué es lo que opone a las ideologías en el ámbito educativo y tratar eso aisladamente, fuera de las grandes decisiones estructurales del sistema.

AVANCES: Los resultados de las pruebas externas nacionales e internacionales ponen el acento en resultados de aprendizaje  medidos a través de pruebas estandarizadas que dan lugar, en algunos casos, a una verdadera clasificación de las instituciones docentes sobre las que se aplican. Esto lleva a los centros a poner el énfasis en los contenidos y enseñanzas que proponen las citadas pruebas. ¿Puede correrse el riesgo de que sean relegados otros conocimientos fundamentales?

Puede correrse ese riesgo, como otros. Pero las pruebas son necesarias y las clasificaciones también para tener elementos de referencia y de mejora en los aspectos concretos en que se debe mejorar.

AVANCES: ¿Llegan los alumnos bien preparados a la universidad tras un Bachillerato de dos años en el que buena parte del segundo curso se dedica a la preparación de las PAU?

Desde mi punto de vista (otros profesores podrán tener otros) la preparación es muy deficiente, y no solo para la Universidad sino, en general, para lo que significa una vida activa social en un mundo como el de hoy. No es solo una cuestión de acumulación de conocimientos (eso se puede remediar con algún esfuerzo) sino, sobre todo, un problema de utilización del razonamiento, de búsqueda real e interesada del conocimiento, más allá de la navegación en ciertas páginas de la red. La preparación en idiomas extranjeros es muy deficiente.

AVANCES: El proceso de Bolonia va a obligar a las universidades españolas a enfrentarse a algunos retos. Aparte de los cambios en el terreno práctico (duración de los estudios de grado, sistema de créditos ECTS, etc.) ¿cuál es a su juicio el cambio más significativo? Al igual que en la enseñanza no universitaria ¿habrá procesos de evaluación y de verificación llevados a cabo por organismos externos e independientes?

Probablemente lo más importante (y difícil) es que el alumno se acostumbre a la búsqueda de la información por sí mismo. A su iniciativa. No es simple y tiene muchos riesgos. El papel del profesor ha quedado bastante disminuído y, en general, eso no me parece correcto. Desde luego está previsto que haya controles por parte de órganos externos.

AVANCES: El título V de la LOU introduce la evaluación y acreditación individual del profesorado universitario ¿Quién controla la calidad de la docencia de un profesor universitario? ¿Tendría sentido un sistema de inspección como en la enseñanza no universitaria?

La enseñanza la controla la propia Universidad y todas las Universidades tienen un sistema para ello. En general están tomadas precauciones para que, formalmente, haya cumplimiento de horarios y de asistencia a clases, aunque en mi conocimiento el funcionamiento es muy distinto en las Universidades. Las hay serias y las hay poco controladoras. Se ha mejorado mucho, no obstante, en los aspectos formales. En los otros creo que ha habido poco progreso todavía.

AVANCES: La educación obligatoria o al menos la Primaria ¿en manos de las Administraciones locales? ¿Qué ventajas e inconvenientes supondría? ¿Quién tendría la responsabilidad de inspeccionar los centros educativos?

Creo que el sistema en manos de las CCAA es el más correcto. Hablar de las Administraciones locales, en general, es equívoco, pues no es comparable la situación del gran municipio con el de 5.000 habitantes, por ejemplo. Se puede incrementar mucho el ámbito competencial de las Administraciones locales sin que ello signifique darles la responsabilidad en materia de enseñanza.

AVANCES: La Comunidad de Madrid, en un hecho revolucionario en política curricular, ha cedido, previa autorización, el 35% que le corresponde en el desarrollo del currículo a los centros educativos. ¿Cuál es su opinión jurídica al respecto? ¿En qué medida puede alterar la libre circulación de estudiantes en el territorio nacional?

No tengo conocimiento de este hecho, del marco jurídico en el que se crea etc… y, por tanto, no tengo opinión.

AVANCES: Cada vez más la educación se está judicializando, los padres de los alumnos acuden con frecuencia acompañados de su abogado cuando quieren hacer cualquier reclamación. ¿Cree usted que la formación de los inspectores debe incluir estudios de derecho administrativo?

Sin duda hay que conocer distintos elementos de derecho administrativo. Y hay inspectores, me consta, que los conocen muy bien.

AVANCES: Algunos países europeos, y los ingleses han sido un buen ejemplo de ello  en el terreno educativo e inspector, tienden a extender la colaboración privada en la actividad inspectora. ¿Cree que puede tener aspectos positivos?

No conozco el sistema como para pronunciarme. Pero, en general, la inspección y la consiguiente potestad sancionatoria, en su caso, es y debe seguir siendo un monopolio de los poderes públicos y de personal que sirva a esos poderes públicos. En todos los ámbitos y no solo en el educativo.

AVANCES: La Inspección de Educación, en el Estado y en las Comunidades Autónomas, sigue, en una herencia del modelo liberal moderado del siglo XIX, vinculada al centro escolar. ¿Cree que debería abandonar este modelo por otro que tuviera por eje el sistema educativo?

Los inspectores lo son del sistema educativo, en realidad, lo único que sucede es que ejercitan su labor en los centros, pero atienden al conjunto de normas y principios del sistema educativo para realizar su función.

Determinadas comunidades, que no todas, han decidido reforzar la autoridad del profesor funcionario y no funcionario a través de su propia normativa, considerando determinados supuestos dentro del concepto de atentado a la autoridad pública. ¿La autoridad del profesor se consigue a golpe de normativa? ¿Es admisible jurídicamente esta propuesta particular de algunas comunidades autónomas?

Admisible jurídicamente lo es, no es una cuestión de enfrentamiento con la Constitución. En la Comunidad Autónoma que más conozco no creo que haya existido, hasta ahora, una necesidad lo suficientemente fuerte como para proceder a esas decisiones, pero no descarto que se apruebe una Ley en ese sentido. No creo, sinceramente, que variaran las cosas tan radicalmente como para hacer de la existencia, o no, de esa Ley un punto fundamental de tensión.

AVANCES: En su opinión, en un Estado compuesto como el nuestro, le parece bien resuelta desde el punto de vista jurídico y político la institución de la Alta Inspección?

La Alta Inspección existe formalmente pero, en mi opinión, no funciona en absoluto. En ningún lugar. Pareciera que se hubiera adoptado el criterio de que no tuviera trascendencia. Y creo que en su configuración inicial, defendiendo derechos fundamentales y ejerciendo una supervisión no directa, obviamente, sobre contenidos educativos, tiene un papel evidente.

Muchas gracias.

How to Cite

Editorial, E. (2015). Interview with Antonio Embid Irujo. Avances En Supervisión Educativa, (15). https://doi.org/10.23824/ase.v0i15.492

Published

2015-12-01

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