Presentación número 2º

Cuando la Junta directiva de ADIDE-Federación planteó la función de mediación y arbitraje como tema monográfico para el número dos de la revista, se pensó en abordarlo desde el ámbito de tareas que debe desarrollar la Inspección educativa, incardinando esta función entre las de control y asesoramiento.

A medida que fuimos recibiendo los artículos nos dimos cuenta de que era imposible sustraerse a la corriente actual de inquietud por los conflictos en los centros y vimos que afloraba la preocupación que tiene hoy el profesorado, y comparte la sociedad,  por los problemas internos de las instituciones educativas –alumnos desmotivados, disruptivos, acosadores o acosados...-  y su equivalente entre los docentes  – profesorado quemado, poco motivado, angustiado-, en definitiva, por los problemas de convivencia en los centros educativos. Algunas situaciones puntuales han alcanzado un alto grado de notoriedad pública  a través de los medios de comunicación y se ha creado una imagen poco precisa de la situación.

Por estos motivos, paralelamente a la función inspectora de mediación y arbitraje, el contenido del monográfico plantea decididamente como  eje fundamental  la conflictividad en los centros educativos y el papel que la Inspección debería jugar,  papel poco definido pero relevante a nuestro juicio, y que será preciso acometer en el futuro de forma más técnica y profesional.

Los conflictos que surgen en los centros se resuelven, por regla general, en los propios centros, teniendo la solución carácter interno y protagonistas definidos: profesor, tutor, jefe de estudios, director. En algunos centros está apareciendo la figura del mediador interno.

La Inspección ha intervenido, como actuación habitual, en los conflictos que superaban el ámbito del centro. Sin embargo cabe hacerse no pocas preguntas. ¿Está preparada y capacitada la Inspección de Educación para intervenir contribuyendo a favorecer una resolución positiva de los conflictos? ¿Debe ser el inspector el vigilante externo del proceso o debe implicarse en el mismo? ¿Qué papel debe desempeñar el inspector: de mediación, de acompañamiento, de asesoramiento? En ese sentido, los autores de  varios de los artículos que se incluyen en el monográfico proponen una intervención más intensa y efectiva de la Inspección, de modo que sea capaz de desarrollar actuaciones de arbitraje, conciliación, mediación y fomento de la negociación interna, tanto en los conflictos que surgen entre el profesorado -balcanización, departamentalización- como, y sobre todo, entre el alumnado y en las relaciones entre unos y otros.

Por lo que respecta a las Administraciones educativas, el papel que éstas reservan a la Inspección en los casos de problemas de convivencia o conflicto escolar es muy diverso. Dicho papel oscila entre el que propone la Comunidad Autónoma de Castilla y León a través de normativa específica y el que desarrollan en otras autonomías como Cataluña y el País Valenciano.

Consejo de Redacción