Los criterios de evaluación como detonante de la programación didáctica
DOI:
https://doi.org/10.23824/ase.v0i14.482Descargas
Resumen
Si bien la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo (BOE 4/05/06), de Educación, en su artículo 6, define como currículo el conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación, estos últimos han ido quedando progresivamente relegados a un segundo o tercer plano en la planificación de la enseñanza.
El docente cree saber perfectamente qué calificación tiene un alumno/a, sin embargo, en ocasiones aquello de lo que se está evaluando al alumnado dista significativamente de lo que marca preceptivamente el currículo.
Habitualmente se comienza a descender en la concreción del currículo desde los objetivos del área-materia. A partir de aquí se comienza una escalera de concreciones a través de objetivos didácticos que en ocasiones provocan una desvirtualización de los requerimientos de los criterios de evaluación del currículo oficial.
En este artículo se intenta poner en valor los criterios de evaluación y sus mínimos exigibles como pieza fundamental de la programación de la docencia del profesorado actual.
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