Caminando hacia la mejora educativa: Reflexión y análisis en la autoevaluación de los centros de Castilla-La Mancha

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Walking towards educational improvement: Reflection and análisis in the self-assessment in Castilla-La Mancha centers

 

Margarita Mora Alonso

Silvia Moratalla Isasi

Inspección General de Educación de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla-La Mancha

DOI:

https://doi.org/10.23824/ase.v0i39.805

 

Resumen

La evaluación de los centros educativos en Castilla-La Mancha responden a la necesidad de conocer la calidad de su respuesta y permite poner a disposición de la Administración educativa una información suficiente, objetiva y relevante de los procesos y resultados educativos para realizar los reajustes necesarios en los centros educativos para mejorar la calidad del sistema en general de esta comunidad autónoma. Por ello, desde el año 2003 se han establecido los ámbitos y dimensiones que se deben evaluar tanto interna como externamente en los centros educativos. En estos momentos se ha actualizado el modelo de evaluación convirtiéndolo en un proceso evaluativo más flexible y menos burocrático. La evaluación externa es una actuación habitual en los inspectores e inspectoras de educación que tiene la finalidad de ayudar en el mayor conocimiento de la realidad de los centros educativos y la obtención de conclusiones relevantes para la evaluación del sistema educativo de Castilla-La Mancha.

 

Palabras clave: evaluación de centros; plan de mejora; autoevaluación; inspección de educación.

 

Abstract

The evaluation of educational centers in Castilla-La Mancha responds to the need to know the quality of their response and allows to provide to the educational Administration sufficient, objective and relevant information on educational processes and results to make the necessary readjustments in educational centers to improve the quality of the system in general of this region. For this reason, since 2003 the areas and dimensions that must be evaluated both internally and externally in educational centers have been established. Currently, the evaluation model has been updated, making it a more flexible and less bureaucratic evaluation process. The external evaluation is an habitual action in the education inspectors that has the purpose of helping to obtain a greater knowledge of the educational reality centers and obtaining relevant conclusions for the educational system evaluation in Castilla-La Mancha.

 

Keywords: assessment of centers; improvement plan; self assessment; education inspection.

 


 

Introducción

La mejora en la calidad de la enseñanza que el sistema educativo ofrece al alumnado es la finalidad más importante del modelo educativo de la Comunidad de Castilla-La Mancha.

El articulo 3 letra c) del Decreto 34/2008, de 26-02-2008, por el que se establece la Ordenación de la Inspección de Educación de Castilla-La Mancha dicta como función de la inspección de educación de esta comunidad autónoma Participar en la evaluación del sistema educativo y de los elementos que lo integran”. Esta función se complementa con la supervisión de la evaluación de los centros educativos, convirtiéndose en el necesario punto de ayuda y de contraste a la propia autoevaluación que tiene por objetivo conseguir un mejor conocimiento de la realidad de los centros educativos y del contexto en el que ejercen su actividad para que, desde el ejercicio de la autonomía pedagógica y organizativa, establezca una evaluación que ayude a la comunidad educativa a mejorar la calidad de los procesos de enseñanza y aprendizaje, los resultados, la organización y funcionamiento de los centros, las relaciones con el entorno y la propia formación de docentes y de las familias.

Creemos que la evaluación debe ser un proceso de compromiso real con la mejora de los proyectos y programas que se desarrollan en los centros educativos. Además, consideramos que la evaluación de los centros es una herramienta de aprendizaje al servicio de la autonomía pedagógica, de la profesionalización de los docentes y del impulso a una mayor participación de las comunidades educativas. La evaluación de los centros educativos puede convertirse en un punto de partida para la puesta en marcha de procesos de transformación y de cambio, de formación e innovación.

Este compromiso de calidad con la sociedad castellano-manchega ha exigido la puesta en marcha de procesos de evaluación del sistema educativo desde que se le transfirieron las competencias educativas y en los que la inspección de educación ha participado de manera muy relevante. En este artículo se describirán los procesos y actuaciones realizadas en la evaluación de centros.

 

1.  La evaluación de centros en Castilla-La Mancha

Fue en el curso 2003 cuando en Castilla-La Mancha se reguló en la Orden de 6 de marzo, de la Consejería de Educación y Cultura, la evaluación de los centros docentes sostenidos con fondos públicos que impartían las enseñanzas de régimen general establecidas en el artículo 7, punto 3, de la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación: educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato, así como la formación profesional de grado medio y la formación profesional de grado superior.

La evaluación de centros en Castilla-La Mancha que estableció esta Orden en el año 2003 respondía a una doble necesidad:

·  La necesidad del propio centro educativo en el desarrollo de su autonomía pedagógica de conocer la calidad de su respuesta.

·  La necesidad de la propia Administración educativa de valorar la calidad del sistema en general y la utilidad y viabilidad de las normas que desarrolla.

De esta necesidad se establecieron como objetivos generales:

·  Proporcionar a los centros docentes y a la comunidad educativa elementos que les permitiesen profundizar en el conocimiento y reflexionar sobre la propia acción, para poder abordar, de forma coherente, todas aquellas decisiones que les permitiesen dar una respuesta de calidad en cada uno de sus ámbitos de actuación.

·  Poner a disposición de la Administración educativa una información suficiente, objetiva y relevante sobre los procesos y resultados relacionados con la acción educativa llevada a cabo en los centros docentes, para poder introducir los reajustes necesarios de cara a mejorar la calidad del sistema educativo.

El análisis del centro educativo se estructuró en torno a cuatro ámbitos y diez dimensiones, que son comunes a los procesos de evaluación interna y externa para garantizar que estén integrados y respondan a una misma finalidad. Estos ámbitos y dimensiones se establecieron en la Resolución de 30-05-2003, de la Dirección General de Coordinación y Política Educativa, por la que se desarrollan los diferentes componentes de la evaluación interna de los centros docentes recogidos en la Orden de 6 de marzo de 2003, citada en este artículo.

Los ámbitos establecidos en la norma citada fueron:

·  El proceso de enseñanza y aprendizaje. Este ámbito incluía todos los elementos que de una manera más directa inciden tanto en el proceso de enseñanza de los docentes como en el proceso de aprendizaje del alumnado. La recogida de información se estructuraba en torno a los condicionantes materiales, personales y funcionales; el desarrollo curricular; y los resultados escolares del alumnado.

·  La organización y el funcionamiento. Este ámbito se centraba en el análisis de los documentos programáticos, el funcionamiento de los órganos y de la participación y desarrollo de la convivencia.

·  Las relaciones con el entorno. Este ámbito analizaba tres aspectos: el propio entorno entendido como espacio que intercambia y comparte recursos con el centro educativo; las instituciones con las que se establecen relaciones de colaboración, ya sea de carácter interno como las asociaciones de madres y padres de alumnos o las asociaciones del alumnado, o externo; el plan de actividades extracurriculares y complementarias como marco donde se integran estas colaboraciones y se ponen al servicio de la acción educativa.

·  Los procesos de evaluación, formación e innovación. Este ámbito evaluaba una única dimensión que era la evaluación, formación e innovación.

La evaluación de centros tenía como referente la normativa legal, el proyecto educativo y el resto de los documentos programáticos que elaboraba el centro educativo en función del contexto, del alumnado y de la propia normativa.

A la hora de realizar la valoración de los indicadores establecidos en cada ámbito y dimensión de la Orden de 6 de marzo de 2003 anteriormente citada, se utilizaban unos criterios pertinentes. Los establecidos en el modelo de Castilla-La Mancha, entre otros eran:

·  La adecuación: entendida como el grado de adaptación que a la propia realidad (al contexto, a los recursos disponibles y a las personas a las que van dirigidas) tienen las propuestas y las finalidades previstas.

·  La coherencia: entendida como la congruencia entre el desarrollo de la acción y las intenciones del modelo teórico.

·  La funcionalidad: entendida como la utilidad que tienen las medidas puestas en práctica para solucionar las necesidades concretas.

·  La relevancia entendida como la importancia de las medidas adoptadas para dar respuesta a las necesidades detectadas.

·  La suficiencia: entendida como el nivel de desarrollo alcanzado en función de unos mínimos considerados deseables tanto en el nivel de la cantidad como de la calidad.

·  La satisfacción: entendida como la relación establecida entre los resultados alcanzados, el esfuerzo realizado y las expectativas previas.

El proceso de evaluación tenía dos fases claramente diferenciadas: una primera base de recogida de información de carácter descriptivo para conocer la realidad en su amplitud y singularidad y, una segunda fase de contraste de opiniones y valoración para garantizar el compromiso en la toma de decisiones.

El modelo de evaluación de Castilla-La Mancha que se estableció en la Orden de 6 de marzo de 2003, instauró que los centros educativos deben elaborar un “Plan de Evaluación”. Dicho Plan debía recoger los siguientes elementos:

·  Descripción de la situación del centro y su problemática.

·  Objetivos del Plan en función de cada uno de los ámbitos.

·  Indicadores y criterios de evaluación por parte de cada una de las dimensiones.

·  Procedimientos que se van a utilizar y responsables.

·  Fases y calendario del proceso de evaluación.

Este Plan se definía anualmente, incluyendo sus objetivos en la Programación General Anual y sus conclusiones en la Memoria anual. En este último documento se habían de recoger los aspectos parciales del plan, incluyendo las aportaciones de la evaluación interna y de la evaluación externa. El plan tenía una duración de tres cursos académicos. Finalizado este periodo había que realizar una valoración global de todos los aspectos evaluados, así como del proceso y de las estrategias utilizadas en el procedimiento de evaluación.

La inspección de educación con su asesoramiento contribuía al desarrollo de los procesos de evaluación interna. Igualmente, de forma paralela y en el mismo periodo de tiempo, la inspección de educación, como actuación habitual, debía desarrollar el plan de evaluación externa. La inspección de educación utilizaba, igual que en la actualidad, como procedimientos el análisis de los documentos programáticos del centro, la realización de entrevistas para la recogida de opiniones de los distintos sectores de la comunidad educativa, la participación en alguna de las sesiones de trabajo de los distintos órganos de gobierno o de coordinación didáctica, y la observación directa de situaciones concretas de enseñanza y aprendizaje.

Concluía la evaluación externa con un informe del inspector de educación en el que recogía las conclusiones sobre los aspectos evaluados. Estas conclusiones debían ser comunicadas al Claustro de profesores y al Consejo Escolar mediante informe para su análisis y posterior incorporación en los diferentes documentos programáticos del centro. Igualmente, se trasladaban a la Administración educativa para orientar sus decisiones. A modo de ejemplo y, en referencia a la evaluación externa de los centros el Plan de actuación trienal establecido en la Resolución de 21/07/2020, de la Viceconsejería de Educación, por la que se aprueba el Plan General de Actuación y Formación de la Inspección de Educación de Castilla-La Mancha para los cursos 2020-2021, 2021-2022 y 2022-2023 establece dentro de las prioridades marcadas en la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de esta comunidad autónoma ayudar a afianzar la coordinación en los centros educativos a través de la evaluación de la organización y el funcionamiento de los distintos órganos, que se pueden ver en el Anexo I.

 

2.  Cambio de modelo autoevaluativo de los centros educativos

En el curso 2022/2023 se ha procedido a un cambio de modelo en la autoevaluación de los centros educativos en la región castellano-manchega que ha culminado con la publicación de la Orden 134/2023, de 22 de junio, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regula la evaluación interna de los centros sostenidos con fondos públicos que imparten las enseñanzas no universitarias en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha. Hasta aquí, la evaluación interna de centros en Castilla-La Mancha se basaba en lo fijado por la mencionada Orden de 6 de marzo de 2003 y en su normativa de desarrollo. Ciertamente esta norma ha venido cumpliendo los objetivos pretendidos, si bien se requiere una actualización ajustada al presente. Precisamente, el impulso definitivo para iniciar su modificación fue la publicación de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, pues en ella se establece, la modificación del artículo 119, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, la participación en el funcionamiento y el gobierno de los centros públicos y privados concertados e insiste en que las Administraciones educativas garantizarán la participación de la comunidad educativa en la organización, el gobierno, el funcionamiento y la evaluación de los centros.

Como decimos, este mandato empujó a una actualización que dé respuesta a la realidad de los centros educativos en estos momentos, diferentes sin duda en su contexto a lo que ocurría veinte años antes. En este sentido, desde la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, se ha impulsado la reformulación de la autoevaluación que deben seguir los centros docentes.

 

2.1.  Principios, características y objetivos

Las líneas básicas de este nuevo modelo de evaluación interna de centros son:

a)  La búsqueda de la mejora requiere una continua reflexión sobre los procesos iniciados y su desarrollo, sobre los proyectos que se aplican en los centros. De esta reflexión ha de emanar la rendición de cuentas dirigida por y para todos los agentes de las actuaciones realizadas, según los objetivos propuestos y los aspectos mejorables en cada curso.[1]

b)  El análisis compartido sobre el proceso de enseñanza y aprendizaje, sobre la organización y el funcionamiento de los centros o sobre la formación de docentes y de familias persiguen alcanzar mejoras en los centros educativos. El trabajo compartido y coparticipado con las familias fortalece cualquier autorreflexión, pues se hace de una manera integral. Adentrar a las familias y al alumnado en estas autoevaluaciones, más allá de la contribución necesaria e imprescindible del profesorado, extienden la visión de un centro y la hacen poliédrica al observar las acciones o actuaciones, o proyectos desde prismas y perspectivas nuevas y enriquecedoras.

c)  La creencia en el respeto a la autonomía de centro es otro de los principios que mueven a este nuevo modelo de evaluación interna. Se ha huido conscientemente de crear un dossier obligatorio de indicadores que todos los centros han de analizar, sin contexto. Por el contrario, se proporciona una guía de ayuda a directoras o directores noveles o donde pueda inspirarse el equipo promotor de la elaboración de la evaluación interna de cada centro educativo, pero no se impone una lista inacabable de ítems a analizar. Se propone que cada centro seleccione cuáles son los aspectos a evaluar, desde su contexto, desde el tejido socioeducativo en que se integra.

d)  La reducción de los aspectos burocráticos viene unido a esta contextualización a cada centro. Se dota de flexibilidad y agilidad a los procesos a realizar, buscando el compromiso de todos los sectores de la comunidad educativa. Esta será la que dotará de vitalidad a la autoevaluación, percibiendo las herramientas como fórmulas vivas, modificables y útiles para contribuir a la mejora del funcionamiento de los centros y, en definitiva, de la enseñanza. La implementación de los procesos de evaluación interna se procura con plataformas informáticas adaptadas a las condiciones de cada centro, que faciliten la tarea de los mismos y muestren los datos de manera sistemática y ordenada, permitiendo el rigor y a la vez que los diferentes análisis se centren en lo verdaderamente importante: la evolución de los procesos, los ámbitos más positivos y los que no lo son tanto, las causas y las propuestas de mejora.

Estos, pues, son los principios que sustentan el nuevo modelo de evaluación interna y que se caracterizan por la contextualización, la flexibilidad y la actualización, así como el ánimo de estimular la reflexión centrando el análisis en lo que a cada centro preocupa realmente.

En coherencia con lo expuesto, la evaluación interna se caracteriza por ser un proceso sistemático de recogida y análisis de la información, de forma fiable y válida, dirigido a facilitar la toma de decisiones para permitir una mejor respuesta del centro a las necesidades del alumnado y a las demandas de la comunidad educativa. Asimismo, está dirigida a realizar un diagnóstico del centro docente desde el respeto a su identidad y singularidad, con un carácter continuo, criterial, para medir el nivel de logro de los propuesto inicialmente, y formativo para orientar la toma de decisiones y la puesta en marcha de líneas de mejora, siempre contando con la participación de la comunidad educativa.

Podemos, pues resumir los objetivos de este nuevo modelo de evaluación interna de centros que camina hacia la mejora en estos dos:

a.  Proporcionar elementos de reflexión sobre las actuaciones que se llevan a cabo en el centro para abordar planes de evaluación y mejora.

b.  Informar a la administración educativa de los procesos y resultados llevados a cabo en los centros para introducir los ajustes necesarios con el fin de mejorar la calidad del sistema educativo.

Ambos objetivos se relacionan de manera estrecha con cada uno de los principios o bases señalados más arriba.

 

2.2.  Temporalización y contenido

El proyecto de dirección de un centro constituye el marco temporal sobre el que se va a perfilar la nueva evaluación interna de centros. Todo el proceso de evaluación de los ámbitos se habrá desarrollado al concluir un proceso de cuatro cursos. Así pues, la autoevaluación del centro conlleva un proceso de evaluación continua, comunicativa y formativa durante los cuatro cursos que constituyen el período de ejercicio de la dirección.

Los ámbitos de actuación de la evaluación que se plantea no son nuevos, mantienen lo determinado en 2010, donde en la Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha, quedaron establecidos, otorgando a esta cuestión un rango muy significativo y poniendo en evidencia el compromiso de la región con la autoevaluación de los centros como mecanismo para la mejora de la educación. Son cinco los ámbitos mencionados:

a)  El desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje. Se incluirá la adecuación de los documentos programáticos a las circunstancias y necesidades del centro.

b)  La organización y el funcionamiento del centro. Se incluirá la respuesta que da el centro teniendo en cuenta su contexto, su profesorado, su alumnado y las familias.

c)  Los resultados escolares. Se incluirán tanto los obtenidos en el proceso ordinario de evaluación continua como los derivados de la aplicación de las evaluaciones de diagnóstico.

d)  La relación con el entorno. Se incluirá la relación con otras instituciones y entidades.

e)  Los procesos de evaluación, formación y mejora. Se incluirán los criterios y procedimiento de evaluación, la formación desarrollada y el plan de mejora coherente con la evaluación interna que el propio centro establece.

Estos ámbitos se despliegan en dimensiones y subdimensiones, así como en la guía orientativa ya citada, se incorporan múltiples indicadores e ítems que se presentan a modo de sugerencias a utilizar por los centros, sin detrimento de las concreciones que cada centro quiera determinar en su propio proceso de autoevaluación.

Los referentes de la evaluación en un centro son siempre, desde luego la normativa vigente, el proyecto educativo y los demás documentos programáticos del centro. Por lo que se refiere a las propiedades de evaluación:

a.  Adecuación al contexto, recursos disponibles y finalidades previstas.

b.  Coherencia entre lo previsto y las medidas propuestas.

c.  Funcionalidad de las medidas.

d.  Relevancia de las medidas adoptadas.

e.  Suficiencia alcanzada en cantidad y calidad de los mínimos deseables.

f.  Satisfacción de los participantes en el proceso.

g.  Grado de cumplimiento de las medidas y propuestas de mejora.

 

3.  El Plan de mejora

A lo largo del presente artículo se enlazan los conceptos de evaluación y mejora. El modelo de evaluación interna que se plantea aporta un valor novedoso al enlazar esta evaluación interna de manera directa, con el desarrollo del Plan de Mejora del centro. La autorreflexión de cada centro bajo la coordinación del equipo directivo planificará el proceso de evaluación interna, distribuyendo las dimensiones anualmente de manera coherente y equilibrada en un marco de cuatro años. Si bien, en todo caso, todos los cursos se analizará el ámbito que trata el proceso de enseñanza y aprendizaje. No podría quedar bien trazada la arquitectura evaluadora si el plan de evaluación interna no queda estrechamente relacionado con el Plan de Mejora del centro incluido en el Proyecto Educativo. De igual forma, la Programación General Anual debe contener cada curso, los objetivos específicos, contenidos y procedimientos de la evaluación interna y concretará el Plan de Mejora. Y finalmente, en la Memoria anual se recogerán las conclusiones y propuestas de mejora de cada valoración del Plan de Mejora, con el fin de reflejarlas y programar las actuaciones previstas en la siguiente Programación General Anual.

En este sentido, ha de percibirse el Plan de Mejora como una propuesta contextualizada en el centro, recogida de manera general, en el Proyecto Educativo y cuya finalidad sea tomar decisiones que permitan la mejora del centro en los resultados educativos, la coordinación y la relación con las familias y con el entorno.

Por tanto, cada centro educativo debe seleccionar los indicadores, los criterios para evaluarlos, los procedimientos y las técnicas de recogida y contraste de la información, así como los procedimientos de análisis, en el marco de su autonomía pedagógica y organizativa y hacer constar todo ello en la Programación General Anual.

De la misma manera, por lo que respecta a las Programaciones Didácticas de cada área, ámbito, materia o módulo debe incluirse la evaluación del proceso de enseñanza y aprendizaje, incluyendo el análisis de los resultados escolares del alumnado en referencia a las competencias específicas, saberes básicos y criterios de evaluación correspondientes. En consecuencia, los órganos de coordinación didáctica elaborarán y revisarán anualmente, los procedimientos comunes para llevar a cabo esta evaluación del proceso de enseñanza y aprendizaje.

En resumen, cada curso escolar, los centros, de acuerdo con los resultados de la evaluación interna, priorizarán, las áreas susceptibles de mejora y los elementos en los que incidir, prioridades y criterios a tener en cuenta y, precisamente, la planificación y concreción de las diferentes áreas de mejora estará integrada en las actuaciones realizadas en cada uno de los ámbitos previstos en la Programación General Anual.

 

4.  El procedimiento de desarrollo de la evaluación interna en el centro

En referencia a la guía de asesoramiento a los centros para la realización de la evaluación interna queremos plantear algunos elementos clave: en ella se establecen una serie de indicadores para facilitar a los centros educativos el diseño del proceso de evaluación interna y obtener información eficaz y útil para conocer el estado del centro y poder determinar a partir del mismo las propuestas de mejora y prioridades sobre las que actuar para mejorar el funcionamiento del centro, tanto pedagógica como administrativamente, en el funcionamiento y la gestión.

Sabemos que para que la evaluación interna de los centros cumpla su función de mejora es necesario realizar una evaluación que sea:

·  Rigurosa y no arbitraria

·  Canalizada y no dispersa

·  Conocida y no subrepticia

·  Colectiva y no sólo individual

·  Compartida y no sólo estamental

·  Escrita y no meramente hablada

·  Libre y no impuesta

Con el fin de garantizar todo lo anterior la formulación de preguntas razonables no es suficiente para tener respuestas coherentes y rigurosas. Es preciso recoger datos de forma sistemática y precisa. El Equipo Directivo ha de procurar que el rigor de la respuesta permita llegar a una comprensión profunda de la realidad.

Asimismo, la consistencia de la respuesta tiene una secuencia que da garantías de rigor:

a)  Recoger datos de forma precisa y prolongada: para ello no bastan las simples impresiones, las aproximaciones a los hechos, las suposiciones, las intuiciones sobre la realidad. La precisión viene de la naturaleza de los métodos de exploración y del rigor en su aplicación. Viene también de la prolongación de los períodos de observación.

b)  Utilizar métodos adecuados: recoger datos de forma precisa con diversidad de métodos de exploración. No coincide siempre la observación del aula con lo que dicen los profesores y alumnos sobre lo que en ella sucede. Existen frecuentemente discrepancias entre lo que dicen los documentos oficiales y lo que dice la realidad en su discurso cotidiano.

c)  Usar métodos sensibles a la complejidad de los fenómenos evaluados; unos instrumentos cerrados, rígidos, difícilmente pueden aprehender la enorme complejidad de los fenómenos que se dan en los Centros y en las aulas.

d)  Usar métodos adaptados a las situaciones que se exploran: tanto por su naturaleza como por su intensidad y ritmo es necesario adaptar la aplicación de los métodos a las características del contexto, a las exigencias del momento y a la disposición de los interesados.

e)  Someter los datos a la interpretación y al análisis: Los hechos pueden ser utilizados para confirmar las teorías previas. Cada uno puede no sólo ver lo que quiere, sino entender lo que quiere en aquello que ve. Si se aplican argumentaciones sólidas y rigurosas y también si participa más de un analista en la interpretación de los datos, así como si se someten los análisis a la consideración de personas independientes que no están mediatizadas por los intereses de los protagonistas, se alcanzará un nivel más elevado de rigor.

f)  Discutir los datos de forma abierta y colegiada: Hay que evitar el sesgo de la interpretación parcial, de la influencia del papel que se juega en ese escenario educativo, de los intereses y los afectos que mediatizan la reflexión. Una de las ventajas y de las finalidades de la evaluación es que propicia el diálogo y el debate sobre la realidad educativa de la escuela. De esa discusión nadie debe estar excluido y ha de realizarse en condiciones que permitan el ejercicio real (no sólo formal) de la libertad. No siempre se puede decir lo que se quiere. Para ello se necesitan tiempos sistemática y específicamente destinados al diálogo. La discusión necesita estar sostenida por actitudes de apertura y realizada en condiciones favorables: espacio adecuado, tiempo suficiente, número de participantes proporcional al tiempo y al espacio.

g)  Poner por escrito la reflexión porque de esta manera se somete el discurso frecuentemente errático sobre la educación a la disciplina de la escritura, que exige una estructura, una secuencia y un rigor expresivo.

h)  Tomar decisiones racionales para mejorar la acción: Recordemos que no se evalúa por el hecho mismo de evaluar; se evalúa para mejorar la práctica. Las conexiones entre la evaluación y la mejora no están garantizadas, pero han de ser buscadas con insistencia y rigor.

i)  Publicar para someter la reflexión al debate público: es necesario hacer partícipes a otros de los procesos emprendidos y de los hallazgos realizados ayuda no sólo al que lee sino al que escribe. Porque también él puede recibir la opinión de otras personas que se sitúan en un lugar de mayor independencia. Buscar, utilizar y crear plataformas desde las que se pueda difundir el conocimiento que un grupo ha generado es importante para alimentar la reflexión y el debate sobre la educación.

Es importante realizar un proceso para hacer visible el tránsito desde la evaluación interna a la mejora; este proceso puede seguir la siguiente secuencia de decisiones:

1)  Identificar, delimitar y consensuar uno o varios aspectos a mejorar en el centro educativo.

2)  Analizar las razones que explican la situación del centro respecto a los aspectos que se quieren mejorar llegando a una comprensión compartida de la misma.

3)  Buscar alternativas viables a la situación del centro respecto a los aspectos que se quieren mejorar.

4)  Elaborar un plan de mejora incluyendo mecanismos de seguimiento y evaluación del mismo, y dotarse de los apoyos, recursos y formación necesarios para llevarlo a cabo.

5)  Poner en práctica el plan de mejora y realizar el seguimiento del mismo.

6)  Realizar una evaluación final del plan de mejora y comenzar un nuevo ciclo.

 

Desde el asesoramiento y con la evaluación, la inspección de educación procura, con esta guía, aportar ideas para formular la tarea que se encomienda a cada centro[2], desde la unidad de la comunidad educativa, desde la percepción de los diferentes sectores, pues solamente así se percibirá la visión que tiene nuestro centro y se podrá estar en posición, cada inicio de curso para alcanzar una única, propia y exclusiva misión. En coherencia, la guía ofrece indicadores múltiples, a modo de torbellino de ideas, no limitado sino meramente compilador, en cada ámbito, dimensión y subdimensión. Incluimos una imagen donde se pueden percibir algunos ejemplos de dichos indicadores[3].

 

ÁMBITO I. PROCESOS DE ENSEÑANZA Y APRENDIZAJE.
Dimensión I. 1. Señas de identidad del centro: documentos programáticos. 
Subdimensión 1.1. Proyecto Educativo.
•	Adecuación de las metas y valores del centro. Misión y visión.
•	Grado de cumplimiento de los principios y objetivos del centro.
•	Grado de sostenibilidad en los procesos y medidas adoptadas por el centro.
Subdimensión 1.2. Programación General Anual.
•	Adecuación de la coordinación entre etapas.
Subdimensión 1.3. Normas de Organización, funcionamiento y convivencia.
•	Adecuación de los criterios de asignación del profesorado a grupos, cursos y materias. 
•	Adecuación de la organización y funcionamiento de los recreos.
•	Equilibrio en los criterios de asignación de tutorías al profesorado.
Subdimensión 1.4. Programaciones Didácticas de áreas y/o materias, ámbitos o módulos.
•	Adecuación de los criterios para la elaboración de las Programaciones Didácticas.
•	Coherencia de la propuesta curricular en los Centros Rurales Agrupados y centros incompletos.
•	Equilibrio en el desarrollo de las programaciones didácticas en los grupos del mismo nivel o curso.
•	Continuidad de las programaciones didácticas a lo largo de los diferentes cursos de cada etapa.
•	Adecuación de los criterios para el seguimiento y evaluación de las programaciones didácticas.

 

5.  Caminando hacia la mejora: la metaevaluación

¿Cómo facilitar la tarea de armonizar la arquitectura evaluadora que se viene a desarrollar? Evidentemente, la formación en acciones múltiples y próximas a cada centro será imprescindible, tanto como la difusión de materiales de evaluación, entre ellos la guía orientativa de la evaluación interna de centros, y la extensión y transmisión de buenas prácticas. La inspección de educación contribuirá igualmente desde su función de asesoramiento al desarrollo de los Planes de Mejora para la autoevaluación de los centros.

La inspección de educación realizará actuaciones prioritarias en los centros educativos, cuyo fin será precisamente evaluar el desarrollo del nuevo modelo. Estas actuaciones permiten una visión global, realizadas a través de una muestra significativa de centros, pero además tienen otra vertiente fundamental: dotan de mayor trascendencia al aspecto evaluado. El compromiso con la arquitectura evaluadora diferente también ha de verse en el aplicador de la misma. Es, por tanto, una herramienta útil que sirve para reforzar la cultura de la evaluación como un modo de alcanzar soluciones, vías nuevas y, sobre todo, enmendar los errores.

Esta acción se realizará tras la implantación del nuevo modelo que hemos descrito y que comenzará a implantarse el próximo curso 2023/2024.

Por ello, el curso 2025/2026 podría ser un excelente momento para observar y evaluar todo el modelo completo. Percibir los aciertos y corregir las anomalías que puedan estar produciéndose.

 

6.  Conclusiones.

En conclusión, la inspección de educación plantea un nuevo modelo de evaluación interna con el fin de ayudar a los centros educativos en el diseño del proceso de autoevaluación. Desde el respeto a la autonomía se define un marco para obtener información eficaz y útil que permita descubrir la situación de un centro concreto. Si bien, como hemos indicado, esta definición se entiende que ha de perfilarse desde la propia idiosincrasia de cada centro: solo así se dotará de contexto a la propuesta y podrá alcanzarse la mayor eficiencia.

La inspección procura facilitar parámetros dotados de rigor, alejados de la arbitrariedad, conocidos por la comunidad educativa y se recojan los datos, por el procedimiento que el centro estime más adecuado, pero siempre con sistematicidad y precisión. de forma sistemática y precisa.

En definitiva, la función de asesoramiento que lleva a cabo la inspección se debe desplegar en el modelo de evaluación interna de centros. Se trata de acompañar en su desarrollo, de plantear propuestas y, especialmente con la Guía, contribuir con ideas, colaborar en la elaboración del procedimiento, realizar el seguimiento de la evaluación en sí y, sobre todo, impulsar que las conclusiones extraídas se reflejen en el Plan de Mejora de centro. La inspección de educación puede y debe colaborar para dotar de utilidad estas conclusiones y que sean la hoja de ruta a seguir para el próximo o los próximos cursos. Las conclusiones siempre deben indicar los puntos fuertes y los puntos débiles de cada elemento o factor analizado. Y, por lo tanto, son el manual que muestra los objetivos: las áreas a mantener y consolidar y las que han de ser modificadas leve o sustancialmente.

El objetivo básico de la evaluación interna se sustancia en seguir avanzando, caminando, reconduciendo cuando sea necesario, hacia la mejora de la educación; desde la acción porque, como dijo don Antonio Machado, sólo y únicamente se hace camino al andar. Eso sí, caminando juntos (equipos directivos, profesorado, madres y padres, alumnos y alumnas, inspección, asesorías, unidades externas, etc.) será más rápido y fácil lograr este objetivo común.

 

Financiación

Sin financiación expresa.

 

Conflicto de intereses

Ninguno.

 

Referencias bibliográficas

Alcalá Ibáñez, Mª. L (2018): El papel de la inspección en la mejora y transformación de la escuela. Revista digital del Fórum europeo de administradores de la educación de Aragón, 24, Año VIII. http://feae.eu/wp-content/uploads/2018/06/ForumAragon24.pdf

Bolívar, A. (2014). ¿Dónde situar los esfuerzos de mejora? Política educativa, escuela y aula. Integra Educativa, Vol. VII, nº 2, 33-57.

Casanova, Mª. A. (2004). Evaluación y calidad de centros educativos. La Muralla.

Estefanía Lera, J.L. y López Martinez, J. (2001). Evaluación Interna del Centro y Calidad Educativa: Estrategias e instrumentos. CCS.

Estefanía Lera, J.L. (2014). Retos de la Inspección ante los cambios en educación. Avances en Supervisión Educativa, 22. https://Avances.Adide.Org/Index.Php/Ase/Article/View/68/67

Estefanía Lera, J.L. (2021). Nuevo modelo de Inspección Educativa centrado en la evaluación y la mejora. Avances en Supervisión Educativa, 36. https://doi.org/10.23824/ase.v0i36.736

Madonar Padilla, M.J. (2006). Inspección y asesoramiento: el difícil equilibrio entre el control y la colaboración. Avances en Supervisión Educativa, 2. https://avances.adide.org/index.php/ase/article/view/201

Pallarés Martínez, S. y Serentill Rubio, J. (2012). La confección y la interpretación de los indicadores de centro. Avances en Supervisión Educativa, 17. https://avances.adide.org/index.php/ase/article/view/520/359

Rodriguez Mantilla, J. M., Fernandez Cruz F. J., Fernandez Diaz M. J. (2020). Evaluación para la innovación y mejora de centros educativos. Síntesis.

 

Referencias normativas

Ley Orgánica 2/2006, de 3 mayo, de Educación (B.O.E. núm. 106, de 4 de mayo). https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-7899

Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (B.O.E. núm. 340, de 30 diciembre).

Instrucciones de 1 de septiembre de 2021, de la Inspección General de Educación de Castilla-La Mancha, para el desarrollo, la dirección y la coordinación del Plan General de Actuación y Formación de la Inspección de Educación para el curso escolar 2021-2022. https://www.educa.jccm.es/es/inspeccion/plan-general-actuacion-inspeccion-educativa

Instrucciones del 31 de agosto de 2022, de la Inspección General de Educación de Castilla-La Mancha, para el desarrollo, la dirección y la coordinación del Plan General de Actuación y Formación de la Inspección de Educación para el curso escolar 2022-2023. https://www.educa.jccm.es/es/inspeccion/plan-general-actuacion-inspeccion-educativa

Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha. D.O.C.M. Núm.144, de 28 de julio de 2010 (B.O.E. Núm. 248, de 13 de octubre).

Orden de 06-03-2003, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se regula la evaluación de los centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten las enseñanzas de régimen general en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha (D.O.C.M Núm. 37, de 17 de marzo de 2003).

Orden 134/2023, de 22 de junio, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regula la evaluación interna de los centros sostenidos con fondos públicos que imparten las enseñanzas no universitarias en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha (D.O.C.M Núm. 122, de 28 de junio de 2023).

Resolución de 30-05-2003, de la Dirección General de Coordinación y Política Educativa, por la que se desarrollan los diferentes componentes de la evaluación interna de los centros docentes recogidos en la Orden de 6 de marzo de 2003, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se regula la evaluación de los centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten las enseñanzas de régimen general en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha (D.O.C.M. Núm. 85, de 11 de junio de 2003).

Resolución de 21/07/2020, de la Viceconsejería de Educación, por la que se aprueba el Plan General de Actuación y Formación de la Inspección de Educación de Castilla-La Mancha para los cursos 2020-2021, 2021-2022 y 2022-2023. https://www.educa.jccm.es/es/inspeccion/plan-general-actuacion-inspeccion-educativa


 

ANEXO I

 

El Plan de actuación trienal establecido en la Resolución de 21/07/2020, de la Viceconsejería de Educación, por la que se aprueba el Plan General de Actuación y Formación de la Inspección de Educación de Castilla-La Mancha para los cursos 2020-2021, 2021-2022 y 2022-2023 establece dentro de las prioridades marcadas en la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de esta comunidad autónoma ayudar a afianzar la coordinación en los centros educativos a través de la evaluación de la organización y el funcionamiento de los distintos órganos.

La coordinación docente dota a los centros de una mayor eficiencia y da coherencia a su Programación General Anual, a las Programaciones Didácticas y a cada uno de los proyectos y objetivos que se planteen. Además, la evaluación de la práctica docente facilita la actualización en metodologías, al tiempo que permite la detección de debilidades y su corrección más rápida, así como favorece que las familias se reconozcan en la existencia de unos criterios comunes compartidos por todos. De esta forma en el Plan General Trienal se propone la evaluación del funcionamiento de los órganos de gobierno, de los órganos de participación y de los órganos de coordinación docente.

La temporalización del Plan General enmarcó en el curso 2021/2022 concretamente la supervisión y evaluación de los órganos de coordinación docente, focalizando la Actuación Prioritaria en Tutorías, Equipos de Orientación y Apoyo, Departamento de Orientación, Departamentos Didácticos, Comisión de Coordinación Pedagógica y Equipos docentes o Juntas de profesores de grupo.

Las Instrucciones de 1 de septiembre de 2021, de la Inspección General de Educación de Castilla-La Mancha, para el desarrollo, la dirección y la coordinación del Plan General de Actuación y Formación de la Inspección de Educación para el curso escolar 2021-2022 establecen las actuaciones funcionales prioritarias que deben desarrollarse en el citado curso. Para atender al objetivo prioritario quinto: “Afianzar la coordinación en los centros educativos a través de la evaluación de la organización y el funcionamiento de los distintos órganos de los centros” se definió la Actuación Prioritaria Evaluación de la organización y el funcionamiento de los órganos de coordinación docente en los centros educativos.

Mediante esta actuación, primeramente, se persiguió contribuir a la mejora de la coordinación en los centros escolares, con el fin de ayudar a incrementar su eficacia y responder a las demandas educativas existentes; dicha coordinación siempre resulta compleja e incluso a veces conlleva resistencia a la misma. Por otra parte, es imprescindible facilitar las condiciones que faciliten el trabajo en equipo, que requieren una adecuada motivación y el compromiso profesional. Ante esta situación, afianzar la coordinación entre los diferentes órganos de un centro es un objetivo al que la inspección puede ayudar, mediante la supervisión y evaluación de las funciones, las actuaciones y los mecanismos de funcionamiento que tienen cada uno de ellos.

La inspección de educación en el marco de sus funciones y atribuciones ha de evaluar y controlar, desde el punto de vista pedagógico y organizativo, el funcionamiento de los centros y servicios educativos, así como los programas que en ellos inciden, realizando las tareas de asesoramiento que resulten precisas.

La experiencia del curso 2020/2021 ponía de manifiesto que era imprescindible una estrecha y continua coordinación de los órganos docentes en todos los momentos y más aún en la situación de pandemia mundial en la que todavía nos encontrábamos, pues se requiere un esfuerzo conjunto y organizado en los centros educativos. Por ello, cobraba un especial sentido el desarrollo de esa Actuación Prioritaria, que permitió obtener información sobre la coordinación de los distintos órganos existentes en los centros, velar por el cumplimiento de la normativa vigente y corregir aquellas situaciones contrarias, así como prevenir dificultades futuras.

Desde comienzos del curso 2021/2022 resultó necesario evaluar con rigor y exhaustividad el funcionamiento de los órganos de coordinación docente, con el fin de contribuir a ayudar a los centros educativos a mejorar su gestión y participación para favorecer en el alumnado el desarrollo integral en aspectos emocionales como académicos.

Los principales objetivos asociados a la Actuación Prioritaria fueron los siguientes:  

1. Garantizar el cumplimiento de las funciones atribuidas por la normativa a cada uno de los órganos de coordinación docente como mecanismo para dotar a los centros de una organización sistemática que dote de unidad y carácter propio.

2. Supervisar la coherencia existente en la acción y en los discursos de los diferentes órganos de coordinación docente y comprobar las estrategias que el centro educativo ha establecido para conseguirlo. 

3. Asesorar a los órganos de coordinación docente en el ejercicio de sus atribuciones respectivas, procurando potenciar las actuaciones relevantes y difundirlas a otros órganos o centros educativos y proponer modificaciones en aquellas situaciones que se considere necesario.

4. Velar por que se establezca una coordinación entre los diferentes componentes de cada órgano que dé respuesta y unidad a las acciones del mismo.

5. Evaluar la fluidez informativa y la interacción con el resto de sectores de la comunidad educativa, entendiendo que favorece la construcción de centros educativos cohesionados y caracterizados por la transparencia.

Considerando los objetivos planteados se diseñaron para esta Actuación Prioritaria los dos ámbitos siguientes:

·  Ámbito 1. Organización y funcionamiento de las tutorías, de la Comisión de Coordinación Pedagógica y del Equipo de Orientación y Apoyo en los centros educativos que imparten Educación Infantil y Primaria. Actuación de carácter muestral de centros públicos.

·  Ámbito 2. Organización y funcionamiento de las tutorías, de la Comisión de Coordinación Pedagógica, de los Departamentos Didácticos y Departamento de Orientación en los centros educativos que imparten Educación Secundaria Obligatoria. Actuación de carácter muestral de centros públicos.

Lo más reseñable de los resultados de la evaluación de la muestra de centros de Castilla-La Mancha en esta actuación es que el traslado de la información a las familias tanto en centros de Educación Primaria como de Educación Secundaria, se limita en algunos casos a la entrega del boletín de calificaciones sin profundizar en el análisis.

Se observa la necesidad de alcanzar el máximo nivel del cumplimiento en el traslado de información sobre la programación didáctica por parte de la jefatura del departamento. También es necesario realizar alguna reunión interdepartamental para intercambiar propuestas de mejora y coordinarse de manera efectiva, así como llevar a cabo propuestas didácticas conjuntas. Elaborar un modelo común por parte de los departamentos para informar al alumnado y a las familias sobre los procedimientos de evaluación y criterios de calificación de las diferentes materias. Así como, unificar criterios desde las comisiones de coordinación pedagógica para que los departamentos didácticos y ciclos educativos elaboren y den a conocer a los alumnos y a sus familias de forma sistemática la información relativa a la a los objetivos, contenidos y criterios de evaluación y calificación.

En cuanto al desarrollo del Plan General en el curso 2022/2023 enmarca concretamente la supervisión y evaluación de los órganos de gobierno y participación, focalizando la Actuación Prioritaria en el Claustro, en el Consejo Escolar, Juntas de delegados, Asociaciones de madres y padres y Asociación de alumnado.

Las Instrucciones del 31 de agosto de 2022, de la Inspección General de Educación de Castilla-La Mancha, para el desarrollo, la dirección y la coordinación del Plan General de Actuación y Formación de la Inspección de Educación para el curso escolar 2022-2023 establecen las actuaciones funcionales prioritarias que deben desarrollarse en el citado curso. La cual es la Evaluación de la organización y el funcionamiento de los órganos de gobierno y participación en los centros educativos.

Con esta actuación se persigue contribuir a la mejora del funcionamiento y gobierno de los centros educativos a través de la participación de la comunidad educativa en los mismos. Por ello, la supervisión y la evaluación de la existencia y funcionamiento de estos órganos en un centro educativo, es un objetivo, por el cual, la inspección de educación puede ayudar y asesorar, mediante la supervisión de las funciones y la evaluación de las actuaciones que tienen cada uno de ellos.

Los principales objetivos asociados a la Actuación Prioritaria son los siguientes:  

1.  Supervisar la existencia y composición del Claustro, Consejo escolar y órganos de participación existentes en los centros educativos como parte del funcionamiento de los mismos.

2.  Garantizar el cumplimiento de las funciones y/o competencias atribuidas por la normativa a cada uno de los órganos de gobierno y participación de los respectivos centros educativos, como mecanismo para garantizar un correcto funcionamiento de los mismos.

3.  Supervisar la coherencia existente entre el funcionamiento del centro y las actuaciones de los diferentes órganos de gobierno y participación que el centro educativo ha establecido para conseguirlo. 

4.  Asesorar a los órganos de gobierno y participación en el ejercicio de sus atribuciones respectivas, procurando potenciar las actuaciones relevantes y difundirlas a otros centros educativos y proponer modificaciones en aquellas situaciones que se considere necesario.

5.  Evaluar la fluidez informativa y de interacción de los órganos de gobierno y participación con el resto de la comunidad educativa, entendiendo que favorece la construcción de centros educativos cohesionados y caracterizados por la transparencia.

Considerando los objetivos planteados se diseñaron para esta Actuación Prioritaria los dos ámbitos siguientes:

·  Ámbito 1. Organización y funcionamiento del Claustro, del Consejo Escolar y de la Asociación de madres y padres en los centros educativos que imparten Educación Infantil y Primaria. Carácter muestral de centros públicos.

·  Ámbito 2. Organización y funcionamiento del Claustro, del Consejo Escolar, de la Junta de delegados, de la Asociación de madres y padres y de la Asociación de alumnos en los centros educativos que imparten Educación Secundaria, Enseñanzas de personas adultas, Escuelas oficiales de Idiomas, Conservatorios de Música y Danza y Escuela de Artes. Carácter muestral de centros públicos.

La Actuación Prioritaria se llevó a cabo durante el primer cuatrimestre del curso 2022/2023.

Para la realización de las actuaciones se utilizan unos documentos homologados con la finalidad de facilitar al inspector o inspectora de educación la realización de la Actuación Prioritaria.

A continuación, se muestran dos de los documentos utilizados en la Actuación Prioritaria del curso 2022/2023; un modelo de informe al centro en el que figuran los indicadores que se evaluaron y, una Guía de entrevista con el alumnado representante de la Junta de Delegados.

 

 INFORME PARA EL CENTRO EDUCATIVO

 

ACTUACIÓN PRIORITARIA 1:

EVALUACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Y PARTICIPACIÓN EN LOS CENTROS EDUCATIVOS

 

ÁMBITO 2: Organización y funcionamiento del Claustro, del Consejo Escolar, de la Junta de delegados, de la Asociación de madres y padres y de la Asociación de alumnos y alumnas en los centros educativos que imparten Educación Secundaria, enseñanzas de personas adultas, Escuelas oficiales de Idiomas, Conservatorios de Música y Danza y Escuela de Artes.

 

Centro

 

Localidad

 

Inspector/a

 

 

 

Ámbito I. Organización y funcionamiento del Claustro, del Consejo Escolar, de la Asociación de madres y padres en los centros educativos que imparten Educación Infantil y Primaria.

Dimensión 1. Organización y funcionamiento del Claustro.

1.1.- Aspectos formales de composición, funcionamiento y fluidez informativa del Claustro

  1. El Claustro se reúne preceptivamente al inicio y final de curso, además de trimestralmente y siempre que lo convoque la dirección del centro por iniciativa propia o a solicitud de, al menos, dos tercios de sus componentes.
  2. El Claustro es convocado con la antelación mínima que establece la normativa tanto para sesiones ordinarias como extraordinarias y notificado a todos sus miembros, incluidos el profesorado que se encuentre disfrutando de permiso o licencia reglamentaria o en situación de incapacidad temporal.
  3. Asisten todos los miembros a las sesiones de claustro.
  4. El desarrollo, deliberaciones o acuerdos de la sesión coincide con el orden del día salvo, cuando se dé la excepcionalidad que establece la normativa.
  5. Los acuerdos son aprobados por mayoría de los miembros presentes, excepto cuando la normativa especifique otro tipo de mayoría.
  6. Con carácter general, las votaciones se realizarán verbalmente o a mano alzada excepto cuando la norma establece otro tipo de votación.
  7. Los miembros del claustro no se abstienen en las votaciones excepto cuando pueda aplicarse los motivos de abstención regulados en la Ley 40/2’15.
  8. De cada sesión de Claustro se levanta un acta en el que consta los elementos establecidos en la normativa, así como, a solicitud de los miembros del respectivo Claustro, el sentir del voto y su justificación según lo establecido por la normativa.
  9. El claustro ha decidido por mayoría de sus miembros la grabación de las sesiones como medio auxiliar.
  10. El director/a propone aprobar y evaluar aspectos educativos de proyectos y PGA.
  11. El Claustro es informado sobre el procedimiento de renovación de miembros del Consejo Escolar en lo referido a representantes del claustro.
  12. El Claustro es informado sobre la renovación o candidaturas para la selección de director.
  13. El Claustro es informado respecto a la resolución de conflictos, imposición de sanciones y propuestas de medidas que favorezcan la convivencia.
  14. El Claustro es informado respecto al funcionamiento general del centro para su análisis y valoración.

 

Observaciones y propuestas de mejora:

 

1.2.- Aspectos referidos a las competencias del Claustro y su coherencia con el funcionamiento del centro.

 

  1. Los miembros del Claustro formulan propuestas al equipo directivo y Consejo Escolar para la elaboración de PEC y PGA.
  2. Los miembros del Claustro aprueban y evalúan la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la PGA.
  3. Los miembros del Claustro fijan criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.
  4. Los miembros del Claustro promueven iniciativas en el ámbito de la experimentación e investigación.
  5. Los miembros del Claustro promueven iniciativas de formación.
  6. Los miembros del Claustro eligen sus representantes en el Consejo Escolar.
  7. Los miembros del Claustro participan en los procesos de renovación y selección de directores según establece la normativa al respecto.
  8. Los miembros del Claustro analizan y valoran el funcionamiento general del centro (evaluación del alumnado, convivencia y evaluación interna y externa del centro) quedando reflejado en la memoria anual.
  9. Las propuestas de investigación, experimentación y formación señaladas por el Claustro son aplicadas al centro.

Observaciones y propuestas de mejora:

 

Dimensión 2. Organización y funcionamiento del Consejo escolar

2.1.- Aspectos formales de composición y renovación del Consejo escolar

  1. La renovación parcial del Consejo Escolar, en caso de corresponder este curso, se ha realizado adecuadamente atendiendo a la nueva composición que establece el Decreto de Consejos Escolares.
  2. El Consejo Escolar tiene designado una persona entre sus componentes encargada de impulsar medidas educativas que fomenten la igualdad entre mujeres y hombres y la prevención de la violencia de género.
  3. Uno de los representantes de los padres y madres en el Consejo Escolar ha sido designado por la asociación de madres y padres más representativa del centro.
  4. El Consejo Escolar tiene representante de alumnado o ha participado como alumnado
  5. La constitución y actuaciones realizadas por la Junta electoral han sido adecuadas y conforme a lo establecido en la normativa específica.
  6. En el caso de centro de nueva creación, el Consejo Escolar se ha constituido de manera adecuada atendiendo a los establecido en la normativa específica.
  7. El procedimiento para cubrir vacantes en el Consejo escolar se ha realizado adecuadamente según lo establece la normativa específica.
  8. El Consejo Escolar tiene representación de un/a concejal/a o representante del Ayuntamiento cuyo término municipal se halle radicado el centro.
  9.  La constitución del Consejo Escolar se ha realizado de manera adecuada.

Observaciones y propuestas de mejora:

 

2.2.- Aspectos formales del funcionamiento y fluidez informativa del Consejo Escolar

  1. El Consejo Escolar se reúne en día y hora que facilite la asistencia a todos sus miembros.
  2. La convocatoria se realiza de manera telemática y dentro de los plazos establecidos por la normativa específica.
  3. El Consejo Escolar se reúne preceptivamente al inicio y final de curso, además de trimestralmente y siempre que lo convoque el presidente por iniciativa propia o lo solicite, al menos, un tercio de sus componentes.
  4. Los acuerdos tomados en la sesión coinciden con el orden del día salvo, cuando se dé la excepcionalidad que establece la normativa.
  5. Las sesiones del Consejo Escolar se han considerado válidas al cumplir los requisitos para constituirlas.
  6. Las votaciones realizadas en el seno del Consejo Escolar han sido secretas o a mano alzada, a juicio del propio Consejo Escolar.
  7. Las decisiones del Consejo Escolar han sido adoptadas por mayoría simple, excepto las indicadas por normativa específica (revocación dirección, aprobación PGA, presupuestos, etc).
  8. De cada sesión de Consejo Escolar se levanta un acta en el que consta los elementos establecidos en la normativa, así como, a solicitud de los miembros del respectivo órgano, el sentir del voto y su justificación según lo establecido por la normativa.
  9. El Consejo Escolar ha decidido por mayoría de sus miembros la sí o no grabación de las sesiones como medio auxiliar.
  10. El Consejo Escolar ha establecido el medio más adecuado para garantizar la máxima difusión.
  11. El Consejo Escolar ha decidido por mayoría absoluta de sus miembros, la realización de algunas sesiones de carácter público.
  12. El anuncio de la convocatoria del Consejo escolar se publica en un lugar visible del centro.
  13. El Consejo Escolar informa a los diferentes sectores representados (claustro de profesores, asociación de madres y padres, asociación de alumnos y alumnas) de los acuerdos adoptados.

Observaciones y propuestas de mejora:

 

2.3.- Aspectos referidos a las competencias del Consejo Escolar y su coherencia con el funcionamiento del centro.

 

  1. Los miembros del Consejo Escolar aprueban y evalúan los proyectos y las normas referidas en el capítulo II del Título V de la Ley 2/2006 de 3 de mayo de educación.
  2. El Consejo Escolar aprueba y evalúa la PGA.
  3. El Consejo Escolar conocen las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección y participa en los procesos de selección de directores según establece la normativa al respecto.
  4. Los miembros del Consejo Escolar impulsan medidas que fomenten el reconocimiento y protección de los derechos de la infancia, así como estilos de vida saludable, convivencia, igualdad efectiva, prevención del acoso escolar y violencia de género y resolución pacífica de conflictos quedando reflejadas dichas medidas en los documentos del centro.
  5. El Consejo Escolar conoce las conductas contrarias a la convivencia y aplicación de medidas educativas, de mediación y correctoras.
  6. El Consejo Escolar revisa, a instancias de padres, madres o tutores legales, o en su caso, alumnado, la medida correctora adoptada por la dirección del centro, cuando correspondan con conductas gravemente perjudiciales para la convivencia.
  7. El Consejo Escolar aprueba la obtención de recursos complementarios y promueve la conservación y renovación de instalaciones y equipo escolar para la mejora de la calidad y sostenibilidad.
  8. El Consejo Escolar ha establecido directrices de colaboración con Administraciones locales, entidades y organismos para fines educativos quedando reflejadas dichas directrices reflejadas en los documentos del centro.
  9. El Consejo Escolar valora y analiza el rendimiento escolar y resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participa el centro.
  10. El Consejo escolar ha aprobado el presupuesto del centro.
  11. El Consejo Escolar ha elaborado propuestas o ha propuesto informes propios o a iniciativa de la Administración competente en relación al funcionamiento del centro y mejora de la calidad de la gestión.

Observaciones y propuestas de mejora:

 

Dimensión 3. Organización y funcionamiento de la Asociación de madres y padres.

3.1.- Aspectos formales de composición, funcionamiento y fluidez informativa de la Asociación de madres y padres.

  1. El centro educativo cuenta con Asociación de madres y padres.
  2. La Asociación tiene representante en el Consejo Escolar.
  3. La Asociación tiene acceso a la consulta de documentos programáticos del centro.
  4. La Asociación dispone de una dependencia en el centro para el desarrollo de actividades de gestión y coordinación.
  5. La Asociación solicita al centro el uso de instalaciones y/o materiales para la realización de actividades con suficiente antelación.
  6. La Asociación planifica anualmente un Plan de actividades que presenta a la dirección del centro y al Consejo escolar.
  7. Las actividades extracurriculares organizadas para el alumnado por la Asociación de madres y padres han sido aprobadas por el Consejo Escolar.
  8. La Asociación de madres y padres tiene una comunicación fluida con el centro educativo.
  9. La Asociación de madres y padres tiene una comunicación fluida con las madres y padres a los que representa.
  10. La Asociación de madres y padres informa a través de diferentes medios a sus usuarios.
  11. La Asociación de madres y padres es informada a través de su representante de los acuerdos adoptados en el Consejo Escolar.
  12. La Asociación de madres y padres está presente e informa a inicio de curso a las madres y padres de alumnos de nueva incorporación.

 

Observaciones y propuestas de mejora:

 

3.2.- Aspectos referidos a los fines de la Asociación de madres y padres.

La Asociación realiza las siguientes acciones:

  1. Promueve acciones formativas con las familias dirigidas a fomentar su papel como educadores.
  2. Asesora, individualmente o colectivamente a las familias, en todo lo que concierna a la educación de sus hijos, con especial atención al alumnado con necesidades educativas.
  3. Fomenta en las familias el desarrollo de actitudes y valores éticos, solidarios y participativos, así como actitudes de colaboración, respeto y búsqueda de consenso.
  4. Promueve y dinamiza la participación y colaboración de las familias con el centro docente para garantizar el buen funcionamiento del mismo, fomentar la práctica del acuerdo y el consenso en la toma de decisiones.
  5. Colabora con el centro y otras instituciones en la programación de actividades extracurriculares.
  6. Representa a las personas asociadas ante la Administración.
  7. Vela por los derechos de las madres y padres en todo lo que concierne a la educación de sus hijos e hijas en el ámbito escolar.
  8. Realiza propuestas al proyecto de gestión.
  9. Participa en el procedimiento de gratuidad en el ámbito del centro, promoviendo la igualdad de derechos de todo el alumnado.

 

Observaciones y propuestas de mejora:

 

 

 


 

Seguidamente introducimos el instrumento, ya citado antes, utilizado para las entrevistas con el alumnado representante de la Junta de Delegados:

 

Guía para entrevista de alumno que preside Junta de delegados/as_AP1_A2


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A la finalización de la Actuación Prioritaria tanto del curso 2021/2022 como la del curso 2022/2023 y en base a las actuaciones realizadas, cada inspector o inspectora ha elaborado un informe final para cada ámbito que se remitió al centro con el fin de proporcionar asesoramiento e información al equipo directivo, a los órganos de coordinación docente y a los órganos de gobierno y participación.

Igualmente, se elaboró un informe provincial que recogía las principales conclusiones de la actuación realizada con objeto de informar a la Administración educativa sobre el resultado de la misma.

Así mismo, la Inspección General de Educación elaboró un informe regional con la síntesis de la información obtenida a través de los informes provinciales de los Servicios de inspección, que se remitió a la Viceconsejería de Educación. Este informe regional es presentado a los Servicios provinciales en la Jornada inicial de formación de la inspección de educación, en el inicio de cada curso escolar.

En la reunión de inicio de curso con la dirección de los centros docentes se informa sobre los resultados de la actuación realizada, destacando los puntos fuertes y las principales deficiencias detectadas en el informe provincial, con el fin de que, en su caso, puedan subsanarlas en la planificación del curso académico.

 



[1]             Son numerosos los estudios sobre la mejora y la evaluación interna: Estefanía Lera, J.L. y López Martinez, J. (2001); Casanova (2004); Bolívar, A (2014); Alcalá Ibáñez, Mª. L (2018); Rodriguez Mantilla, Fernandez Cruz, Fernandez Diaz (2020).

 

[2]             Son numerosos los artículos que plantean nuevas posibilidades a la labor de la Inspección de educación: Madonar Pardinilla, M.J. (2006); Estefanía Lera, J.L. (2014 y 2021).

[3]             Hay estudios ya clásicos para la elaboración de indicadores como el de Pallarés Martínez, S. y Serentill Rubio, J. (2012).