La planificación en la administración educativa. Un ejemplo de plan de actuación de la Alta Inspección de Educación

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Planning in educational administration. An example of the action plan of the High Inspection of Education

 

Santiago Esteban Frades

Director del Área de Alta Inspección de Educación en Castilla y León

 

Mª Nieves Gómez Muñoz

Alta Inspectora de Educación en Castilla y León

 

 

DOI

https://doi.org/10.23824/ase.v0i37.761

 

Resumen

Se presenta una reflexión sobre la necesidad de la planificación de la Alta Inspección en España y se desarrolla una propuesta de plan de actuación para la Alta Inspección de Educación en Castilla y León. Para ello, se hace una revisión histórica de las decisiones que en materia de planificación han realizado las Administraciones educativas, los centros docentes, el profesorado y la inspección educativa.

 

Palabras clave: Alta inspección, planificación, administración educativa, plan de actuación

                                                                                                                        

Abstract

A reflection on the need for planning of the High Inspection in Spain is presented and a proposal for an action plan for the High Inspection of Education in Castilla y León is developed. To do this, a historical review of the planning decisions made by educational administrations, educational centres, teachers and the educational inspection is carried out.

 

Keywords: High inspection, planning, educational administration, action plan.


 

Establecer planes de actuación es necesario en la Administración, en el mundo de la empresa, en los centros escolares y diríamos que casi en cualquier ámbito de la vida. Pero centrándonos en lo que nos ocupa, comenzaremos por la Administración. Si consultamos la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ya en su preámbulo dice que entre los principios generales que deben respetar todas las Administraciones, además de los constitucionales, destacan la incorporación de la planificación por objetivos como uno de los criterios que debe guiar su actuación:

Entre los principios generales, que deberán respetar todas las Administraciones Públicas en su actuación y en sus relaciones recíprocas, además de encontrarse los ya mencionados en la Constitución Española de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración, coordinación, y sometimiento pleno a la Ley y al Derecho, destaca la incorporación de los de trasparencia y de planificación y dirección por objetivos, como exponentes de los nuevos criterios que han de guiar la actuación de todas las unidades administrativas.

Así, las Administraciones Públicas se hacen más exigentes en tanto que los organismos públicos deben someterse a requisitos como la elaboración de un plan de actuación que incluye un análisis de eficiencia y las razones que fundamentan su creación; la justificación de la forma jurídica propuesta; la determinación de los objetivos a cumplir y los indicadores para medirlos, etc. Es por ello, que en la estructura de la Administración General del Estado, corresponde a los órganos superiores, Ministros y Secretarios de Estado, establecer los planes de actuación de la organización situada bajo su responsabilidad y a los órganos directivos, Subsecretarios, Secretarios generales y Subdirectores generales, su desarrollo y ejecución.

El plan de actuación resulta una herramienta no solo de guía sino de control de la eficacia y de la supervisión continua. Todas las entidades integrantes del sector público institucional estatal deben contar, desde el momento de su creación, con un plan de actuación, que recoja las líneas estratégicas de desarrollo de la actividad de la entidad; estas se revisan periódicamente y se completan con planes anuales que sirven de punto de partida para el diseño del plan del siguiente ejercicio.

Las Administraciones en el campo de la enseñanza tienen desde hace tiempo la tradición de planificar anualmente sus actuaciones y marcar objetivos; lo mismo hacen los centros docentes, el profesorado y la inspección educativa.

Las diferentes Consejerías de Educación dictan todos los años unas instrucciones de inicio de curso con el fin de establecer las líneas prioritarias de trabajo, facilitar la organización y funcionamiento de los centros y orientar sobre las actuaciones que deben llevarse a cabo por los órganos de gobierno y de coordinación didáctica, así como informarles sobre algunos trámites y procedimientos. También se utilizan para desarrollar y puntualizar cuestiones normativas vigentes. Algunas Consejerías, como es el caso de la de Aragón, marcan prioridades educativas institucionales referidas al centro y a las diferentes etapas educativas. Algunas Administraciones plantean una programación anual para un campo determinado, como es el caso de Canarias, que determina un plan de centros durante el curso escolar 2022/2023 para la convivencia positiva en los centros educativos no universitarios.

En cuanto a los centros, la LOMLOE (2020) determina la elaboración de un proyecto educativo donde se definen los fines, valores y prioridades de actuación y tiene que estar enmarcado en unas líneas estratégicas que tengan en cuenta el entorno donde se ubica. El proyecto contempla también otros planes como el de convivencia, el de acción tutorial y el de lectura. También, como novedad, debe haber un plan de mejora en el que se proyecten las actuaciones y estrategias para mejorar temas importantes como los resultados escolares, etc. la Ley contempla que, a principio de cada curso, se elabore una programación general anual que tenga en cuenta los aspectos que hacen referencia al funcionamiento y organización del centro, incluidos los proyectos, las normas, el currículo y los planes de actuación aprobados. Ya en el reglamento[1] de los órganos de gobierno de 1985 se comienza a hablar del plan anual de actividades del centro; pero no será hasta los reglamentos orgánicos[2] de las Escuelas de Educación Infantil, de los Colegios de Educación Primaria y de los Institutos de Secundaria cuando se introducen como sistema de planificación los proyectos educativos de los centros y la programación general anual. Es la Ley Orgánica de 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, de la evaluación y el gobierno de los centros docentes quien consolida como un mecanismo de planificación al proyecto educativo. Como suele ocurrir, en la teoría de la organización escolar ya se había contemplado con anterioridad la cuestión del planeamiento escolar, en 1971 del Pozo Pardo en un clásico libro sobre organización escolar tiene en cuenta la planificación o programación como una de las tareas fundamentales de cualquier organización, junto con la ejecución y el control o evaluación. Es a partir de los años 80, cuando se comienza a abordar la necesidad de los proyectos educativos y los planes de centro; autores como Moreno (1984), Antúnez (1987), Barberá (1987), Esteban Frades y Bueno Losada (1988), Rul (1991), etc., comienzan a difundir la necesidad de estos documentos en la organización de los centros. A partir de estas aportaciones, son muchas las producciones académicas en este campo de estudio.

En cuanto al profesorado, se recoge en la Ley educativa actual (aparece ya en la LOCE de 2002) que entre sus funciones debe elaborar la programación de las áreas, materias y módulos de las que imparta clase. Es en la Ley de Educación de 1970[3], cuando se regula que el profesorado debe cooperar con el resto de profesores y la dirección del centro en la programación y realización de las actividades, así como adaptar el desarrollo de los programas escolares y la metodología a las condiciones propias de su clase. Desde luego, la programación adquiere importancia pedagógica y administrativa, a partir de 2004[4], en que es obligatorio para el ingreso en la función pública docente, presentar una programación didáctica y preparar, para exponer oralmente, una unidad didáctica.

La inspección tiene una larga trayectoria reguladora en relación con la programación. En 1967[5], ya se le atribuye al consejo de la Inspección provincial formular el plan de trabajo de cada curso y unas directrices técnico-pedagógicas; a finales de los años 70 y comienzos de los 80, hay un afán de propiciar por parte del Ministerio planes generales de la Inspección Básica del Estado. En 1989, hay una publicación de los inspectores García-Casarrubios, Iglesias y Secadura que dedican un capítulo muy sugerente a la planificación de la función inspectora educativa. Pero la verdadera eclosión por sistematizar el proceder organizador de la inspección, surge con una regulación de 1989[6], en la que se contemplaba que el ejercicio de las funciones establecidas se realizará con arreglo a un Plan General de Actuación y a los correspondientes planes provinciales de actividades; también se menciona el plan de actualización y perfeccionamiento de los inspectores; llega a tal punto la obsesión por planificar que se tenían que programar en un documento[7] semanal las actividades a desarrollar y tal práctica continua hoy en día en muchas inspecciones. A partir de esta fecha el Ministerio de Educación correspondiente publica, en el Boletín Oficial del Ministerio, el correspondiente Plan de Actuación de la Inspección de educación. Con el traspaso de competencias a las Comunidades Autónomas, estas han mantenido la planificación como una de las cuestiones básicas en la organización de la inspección con diferentes denominaciones y contenidos: plan de actuación, plan de trabajo, etc. Hay un estudio de Martín Martín y Manzano Rodrigo (2020) que hace una comparación de los planes de actuación de las diferentes Comunidades Autónomas en referencia a los objetivos, las actuaciones (prioritarias, específicas, habituales, incidentales y extraordinarias), la formación de los inspectores, etc.; la mayoría de planes se publican con rango normativo de Resolución. Últimamente, se han publicado diferentes textos que hacen referencia a este tema: Barea Romero (2017), Pérez Aguilar (2019), Oliver Pozo (2019), entre otros.

Desde el punto de vista teórico, la planificación es una cuestión estratégica de la supervisión escolar como en diferentes ensayos ya puso de relieve Soler Fiérrez (2001). Consideramos, Esteban Frades (2019), que la planificación forma parte ineludible de la definición de lo que supone la supervisión educativa y la actuación inspectora:

La supervisión educativa reside en llevar a cabo una inspección planificada, continuada, cíclica e integral de los procedimientos organizativos y didácticos de los centros y de las aulas por profesionales cualificados y con autoridad para ello (inspectores) que tienen asignados centros con carácter permanente al objeto de vigilar el cumplimiento de la norma y criterios establecidos por la Administración y asesorar, apoyar o retroalimentar a los órganos de gobierno y equipos docentes para mejorar la realidad escolar teniendo en cuenta los proyectos educativos y la autoevaluación de los centros docentes; y, de la misma manera, poder solucionar posibles problemas o deficiencias. El trabajo, primordialmente, se realiza con las visitas de inspección en donde se recurre a procedimientos e instrumentos contrastados que concluyen con informes de valoraciones y propuestas hacia el centro y la Administración. Es básico que en las supervisiones más complejas el trabajo debe realizarse por un equipo de inspectores (p. 41-42).

La Alta Inspección (AI) ha carecido de disponer de una planificación anual y, por tanto, necesita una referencia normativa sobre su obligatoriedad. En la primera regulación de 1981[8], se indican las actividades propias de la alta inspección, los funcionarios que deben ejercen esas funciones, los procedimientos a utilizar, etc.; pero no hay una sola referencia a realizar una programación o definir unos objetivos de actuación. Los sucesivos Reales Decretos[9] tampoco lo contemplaron. A pesar de ello, consta en algunas referencias, como las del Consejo Escolar del Estado, que sí se diseñaban actuaciones para este órgano por parte de la Dirección General correspondiente responsable de la Alta Inspección. Lo que hemos utilizado para elaborar el Plan de Actuación que presentamos a continuación son los ejes de acción estratégica[10] que en su día elaboró la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, definidos por la Subdirección General de Inspección.

A continuación se muestra, a modo de ejemplo, el Plan de Actuación del Área de la Alta Inspección de Educación en Castilla y León para el curso 2021-2022. Este es un documento interno redactado por los autores, cuya elaboración requiere de un proceso previo de autoevaluación en el que interviene todo el equipo de personas que trabaja en el Área de Alta Inspección. De la cohesión entre el resultado de la autoevaluación, la propia memoria del plan de actuación del curso anterior y el planteamiento del MEFP, se definen los ejes estratégicos de ese curso para el Área y en ellos se van incorporando todas actuaciones necesarias para que puedan llevarse a cabo. El Plan se estructura en varios apartados: la introducción recoge la justificación del Plan, sus principales propósitos y enfoques, así como el punto de partida, los ejes estratégicos marcados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional; se definen los ejes estratégicos del Área que, partiendo de los del Ministerio, se han adaptado a las peculiaridades, necesidades y procesos propios del Área de AI; se describen los recursos humanos con los que se cuenta, la dependencia funcional y orgánica; se desarrolla la programación sistemática con las actuaciones que acompañan a cada eje estratégico; se hace una propuesta para la evaluación del plan que ha de recogerse en una memoria final. Finalmente, se adjuntan los anexos del plan, que pretenden abarcar el todo el marco educativo en el que se contextualiza la actuación de esta Área de AI en Castilla y León.

 

Plan de Actuación del Área de la Alta Inspección de Educación en Castilla y León. Curso 2021-2022

 

Introducción

La elaboración, cada curso escolar, del Plan de Actuación de las Áreas de Alta Inspección donde se marcan unos propósitos comunes y unas tareas protocolorizadas, nos parece de suma importancia. De este modo, por nuestra parte y, siguiendo los ejes estratégicos del Ministerio de Educación y Formación Profesional continuamos poniendo en valor la elaboración del presente Plan que pretende recoger nuestros objetivos, actuaciones y proyectos. Cada curso escolar es necesario tener en cuenta aquellos aspectos que más preocupan a la sociedad y a la comunidad educativa. Este año, dada la política del Ministerio de Educación y Formación Profesional es importante analizar y difundir el desarrollo curricular de la LOMLOE (2020), basado en el aprendizaje competencial, y el Proyecto de Ley Orgánica de Ordenación e Integración de la Formación Profesional.

Las actividades programadas por el Área de Alta Inspección de Educación en Castilla y León parece, a fecha de hoy, que van a estar menos condicionadas por la situación del COVID 19. En concreto, se van a poder llevar a efecto con relativa normalidad aquellos programas ya consolidados como el “Plan Director para la convivencia y mejora de la seguridad en los centros educativos y sus entornos”, el programa “Ciberexperto” y el plan de “Gobierno abierto”; así como aquellas acciones que se hacen en colaboración con la Unidad contra la Violencia sobre la Mujer. Seguiremos atendiendo al público a través de cita previa, salvo que existan unas instrucciones que hagan variar este modo de actuación.

La declaración del estado de alarma por medio del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, en todo el territorio nacional por parte del Gobierno, afectó de lleno al sistema educativo al cerrarse todos los centros de enseñanza y suspender la actividad educativa presencial. A partir de ese momento, el Ministerio de Educación y Formación Profesional ha tenido que publicar normas debatidas en la Conferencia Sectorial de Educación en los siguientes ámbitos:

A lo largo del curso 2020-2021 se ha establecido en los centros educativos una vigilancia estrecha, así como medidas de control de la transmisión ante la aparición de brotes. Se cuenta con tres fuentes de información:

El 29 de junio de 2021, conjuntamente entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional con el de Sanidad, han dictado unas medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente a covid-19 para centros educativos en el curso 2021-2022 y ratificado en la Conferencia Sectorial de Educación celebrada el 25 de agosto de 2021.

Para elaborar el Plan del Área de la AI en Castilla y León hemos seguido, con la correspondiente adaptación, el Plan de Actuación de la Alta Inspección del Ministerio de Educación y Formación Profesional que determinó los siguientes ejes de acción estratégica con sus respectivas actuaciones:

I. Vigilancia y control de la actividad de las distintas administraciones educativas y otras administraciones, órganos, instituciones o sujetos del sector público con competencia normativa en materia educativa en coordinación con las Altas Inspecciones de las Comunidades Autónomas.

II. Elaboración de informes motivados en relación directa o indirecta con el reparto competencial constitucional entre el Estado y las Comunidades Autónomas.

III. Atención a solicitudes por escrito de particulares, en colaboración con la Unidad de Quejas y Sugerencias de la Oficina de Atención al Ciudadano (OAC) y tratamiento de información pública en relación con la gestión del Portal de Transparencia.

IV. Actualización y mejora de protocolos, modelos y herramientas técnico jurídicas unificadas que permitan la elaboración y tratamiento de estadísticas, indicadores y estudios técnicos integrando datos proporcionados por las Altas Inspecciones de las Comunidades Autónomas.

V. Impulso en la utilización de Documentum y procesos formales de trabajo e intercambio de información entre las Altas Inspecciones de las Comunidades Autónomas.

Teniendo en cuenta estos ejes se han determinado unos ejes estratégicos propios para el Área de Alta Inspección Educativa en Castilla y León considerando de manera prioritaria las competencias que le atribuye a la Alta Inspección la Ley Orgánica 2/2006 de Educación de 3 de mayo modificada por la Ley Orgánica 3/2020 de 29 de diciembre. Así mismo por cada eje se determinan unas actuaciones que consideramos imprescindibles para el ejercicio de las funciones que están atribuidas a la AI.

 

Ejes Estratégicos del Área de AI de Educación

I.     Comprobación y observancia de los principios y normas constitucionales aplicables y demás normas básicas que desarrollan el artículo 27 de la Constitución.

II.    Verificación de la adecuación de la concesión de las subvenciones y becas a los criterios generales que establezcan las disposiciones del Estado.

III.  Comprobación, tramitación y gestión de los títulos y estudios universitarios y no universitarios, sus efectos académicos y profesionales.

IV.  Comunicación y atención a los ciudadanos y ciudadanas para velar por el cumplimiento de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de sus derechos y deberes en materia de educación, y todo por medio de una actuación pública y transparente de acuerdo a la Ley 19/2013.

V.   Participación y coordinación del Plan Director para la convivencia y mejora de la seguridad en los centros educativos y sus entornos y el programa Ciberexperto, así como la colaboración y apoyo a la Unidad contra la Violencia sobre la Mujer.

VI.  Participación en los convenios, proyectos, programas, cursos, subvenciones, ayudas y becas, premios y concursos que tengan relación con la educación y los centros docentes en Castilla y León.

VII.  Análisis y difusión del desarrollo legislativo de la Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, LOMLOE (2020).

VIII.   Tratamiento de la diferente información legal, académica, institucional y de prensa y elaborar estadísticas, indicadores, resúmenes, reseñas y estudios técnicos.

IX.  Elaboración de informes motivados y respuestas a cuestiones planteadas al Área de AI, así como asesoramiento a los ciudadanos que lo soliciten en materia de educación.

X.   Participación institucional en la Delegación del Gobierno en CyL y en la Subdelegación del Gobierno en Valladolid.

XI.  Respuesta a determinadas circunstancias que afectan a la educación, derivadas de la pandemia a causa de la COVID19.

Personal del Área de la Alta Inspección de Educación en Castilla y León

Dependencia orgánica del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Dependencia funcional de la Delegación del Gobierno en Castilla y León.

 

PLANIFICACIÓN SISTEMÁTICA. EJES DE ACCIÓN ESTRATÉGICA Y ACTUACIONES DEL PLAN DE ACTUACIÓN DE LA ALTA INSPECCIÓN EN CASTILLA Y LEÓN. CURSO 2020/2021

 

I.          EJE DE ACCIÓN ESTRATÉGICA: Comprobación y observancia de los principios y normas constitucionales aplicables y demás normas básicas que desarrollan el artículo 27 de la Constitución.

ACTUACIONES:

1.1.    Seguimiento e informe de la normativa publicada en la Comunidad Autónoma de Castilla y León que afecte a las normas básicas en materia educativa.

1.2.    Seguimiento y difusión de las normas publicadas en el Boletín Oficial del Estado que supongan normas básicas en el campo de la educación a cumplir por las diferentes Administraciones educativas.

1.3.    Consulta en el Boletín Oficial del Estado de aquellas normas sobre educación que afecten a la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

1.4.    Comunicación y colaboración con la Consejería de Educación para resolver cualquier cuestión irregular que se publique y afecte a la norma básica y así solucionarlo mediante la oportuna corrección de errores u otra vía que se estime oportuna.

1.5.    Utilización de “Documentum” haciendo especial hincapié en aquellas normas que podrían afectar al control de la legalidad mediante la eventual interposición de requerimientos, y en último término, de recursos contencioso-administrativos.

1.6.    Elaboración de informes específicos de valoración de normativa: Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Castilla y León; calendario escolar; régimen estatutario de la Función Pública (dedicación lectiva del personal docente, etc.); criterios de admisión de alumno; libros de texto; etc. Este curso tendrán especial relevancia los informes que se produzcan con motivo de la publicación de las regulaciones por parte de la Consejería de Educación sobre el currículo.

1.7.    Respuesta a consultas formuladas por las distintas áreas y unidades de la Delegación del Gobierno en CyL sobre temas relacionados con la interpretación de la normativa básica en educación o diferentes aspectos del sistema educativo.

1.8.    Atención a consultas y posibles quejas o denuncias de los ciudadanos y comprobación del cumplimiento de los requisitos establecidos por el Estado en la ordenación general del sistema educativo en cuanto a modalidades, etapas, ciclos y especialidades de enseñanza, así como en cuanto al número de cursos que en cada caso corresponda.

1.9.    Atención a consultas y posibles quejas o denuncias de los ciudadanos y comprobación de la inclusión de los aspectos básicos del currículo dentro de los currículos respectivos y que éstos se cursan de acuerdo con el ordenamiento estatal correspondiente.

 

II.         EJE DE ACCIÓN ESTRATÉGICA: Verificación de la adecuación de la concesión de las subvenciones y becas a los criterios generales que establezcan las disposiciones del Estado.

ACTUACIONES:

2.1.    Estudio y análisis de la normativa por la que se convocan las becas y ayudas al estudio para el curso académico 2021-2022.

2.2.    Información y difusión de la convocatoria en colaboración con la Administración Educativa de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

2.3.    Asistencia y seguimiento de las respectivas Comisiones provinciales para comprobar la adecuación de la concesión de las subvenciones y becas a los criterios generales que establezcan las disposiciones del Estado, con informes de procedimiento y resultados y con la atención a posibles quejas y denuncias.

2.4.    Elaboración de una estadística con los resultados sobre las becas y ayudas concedidas en la Comunidad.

2.5.    Elaboración de algunos procedimientos normalizados de actuación.

2.6.    Organización de la selección de personal para el programa de Apoyo a las unidades de gestión de becas de las Direcciones Provinciales de Educación y de las Universidades para el curso 2021/2022.

 

III.       EJE DE ACCIÓN ESTRATÉGICA. Comprobación, tramitación y gestión de los títulos y estudios universitarios y no universitarios, sus efectos académicos y profesionales.

ACTUACIONES:

3.1.    Información y tramitación de convalidaciones y homologaciones de estudios no universitarios, así como el volante para la inscripción condicional en centros docentes o en exámenes oficiales.

3.2.    Asesoramiento a los ciudadanos para el inicio de expedientes de homologación/convalidación de estudios no universitarios a través de la sede electrónica.

3.3.    Asesoramiento y/o entrega de la credencial electrónica.

3.4.    Tramitación de los duplicados credenciales en caso de pérdida o extravío.

3.5.    Atención al ciudadano en la consulta sobre el seguimiento de expedientes de homologación/convalidación de estudios universitarios y no universitarios.

3.6.    Continuación con el sistema de atención al público de cita previa y confección de horarios repartidos en jornadas de trabajo adecuadas a las necesidades del servicio.

3.7.    Establecimiento de medidas extraordinarias respecto a la tramitación de los expedientes, de acuerdo con las instrucciones recibidas por la Subdirección General de Ordenación Académica, adaptadas a las situaciones dadas en los distintos países de procedencia de los estudios a homologar y/o convalidar.

3.8.    Reconocimiento de firmas de documentos universitarios que surtan efectos en el extranjero. Información sobre el procedimiento de legalización de documentos universitarios y traducciones oficiales.

3.9.    Entrega de títulos universitarios, información de la acreditación y reconocimiento de títulos españoles para ejercer profesiones reguladas por la Unión Europea.

3.10. Información de títulos extranjeros universitarios: homologación, equivalencia, reconocimiento de títulos obtenidos en la Unión Europea, etc.

3.11. Reconocimiento de equivalencia de estudios extranjeros con cursos de la ESO a efectos laborales.

3.12. Asesoramiento sobre la tramitación de pago y/o devolución, según proceda, del modelo de tasa 790, para homologaciones, convalidaciones y equivalencias de títulos y estudios extranjeros.

3.13. Tramitación de la devolución por pago indebido de la tasa 059 de expedición de títulos y diplomas académicos, docentes y profesionales.

3.14. Relación y coordinación con los responsables de estos procedimientos en las diferentes Subdelegaciones del Gobierno de Castilla y León. Realización de al menos una videoconferencia al año.

3.15. Elaboración de la estadística que se produce sobre estos procedimientos.

3.16. Introducción de los datos en la aplicación informática CRETA.

3.17. Establecimiento de consultas con los responsables de estos temas en las Subdirecciones de Títulos y en la Subdirección General de Ordenación Académica.

3.18. Desarrollo de las acciones y prestación de servicios que se contemplan en la Carta de Servicios 2019-2022 de la Delegación del Gobierno en Castilla y León y de la Subdelegación del Gobierno en Valladolid, asignadas al Área de AI, así como tener presente los compromisos e indicadores de calidad que figuran en la misma.

 

IV.      EJE DE ACCIÓN ESTRATÉGICA: Comunicación y atención a los ciudadanos y ciudadanas para velar por el cumplimiento de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de sus derechos y deberes en materia de educación, y todo por medio de una actuación pública y transparente de acuerdo a la Ley 19/2013.

ACTUACIONES:

4.1      Tramitación y respuesta de consultas, sugerencias y quejas de los ciudadanos sobre temas diversos a través de los Portales institucionales abiertos al respecto, o por escrito, y/o en atención directa.

4.2      Estudio y análisis de criterios para establecer una política de transparencia y buen gobierno respecto de la información elaborada por la Alta Inspección y su consideración como información pública relativa a las funciones que desarrolla el Área de Alta Inspección Educativa en CyL así como la normativa que les resulta de aplicación y su estructura organizativa, además de sus instrumentos de planificación y la memoria anual que evalúa las actuaciones realizadas. Todo ello teniendo en cuenta la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

4.3      Actualización de la información sobre la Alta Inspección disponible en la página web de la Delegación del Gobierno en Castilla y león.

4.4      Análisis, estudio y resúmenes de prensa de las noticias de Castilla y León que hagan referencia a temas educativos que afecten al ejercicio de los derechos y deberes de cuantos participan en los procesos de enseñanza y aprendizaje, así como a los aspectos básicos del sistema educativo.

4.5      Relación en el ámbito de Castilla y León con los sindicatos de la enseñanza, las asociaciones de madres y padres de alumnos, los sindicatos y asociaciones de estudiantes y los agentes sociales implicados en la educación para mantener una línea de información recíproca y transparente sobre cuestiones educativas de competencia del Gobierno de España.

4.6      Selección de la información y noticias del ámbito educativo y su incorporación en las redes sociales de mayor impacto en la sociedad.

 

V.        EJE DE ACCIÓN ESTRATÉGICA: Participación y coordinación del Plan Director para la convivencia y mejora de la seguridad en los centros educativos y sus entornos y el programa Ciberexperto, así como la colaboración y apoyo a la Unidad contra la Violencia sobre la Mujer.

ACTUACIONES:

5.1      Coordinación con las autoridades de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y responsables municipales del Plan Director para la convivencia y mejora de la seguridad en los centros educativos y sus entornos.

5.2      Mantenimiento periódico de reuniones conjuntas con los coordinadores policiales de desarrollo del Plan para unificar criterios de actuación y facilitar la coordinación con las autoridades educativas.

5.3      Celebración de, al menos, una reunión con los responsables de coordinación del Plan en cada Subdelegación del Gobierno.

5.4      Celebración de un acto institucional para presentar el Plan Director en el ámbito autonómico con la presencia de la Delegada del Gobierno, de la Consejera de Educación y demás autoridades. Y el correspondiente acto de clausura y entrega de diplomas.

5.5      Celebración de un acto institucional de presentación del Plan Director en el ámbito provincial de las diferentes Subdelegaciones de Gobierno en Castilla y León.

5.6      Activación, tal y como prevé la Instrucción nº 7/2013 de la Secretaría de Estado de Seguridad, de las Juntas Locales de Seguridad, en las que se invitará a las Asociaciones de madres y padres de alumnos y demás agentes sociales interesados.

5.7      Emisión de un informe dando cuenta de las actuaciones de coordinación realizadas, conteniendo la valoración del Plan, las actividades de coordinación más relevantes, incidencias de interés, problemas detectados y propuestas de mejora que se consideran necesarias.

5.8      Elaboración de un resumen de datos autonómicos de Castilla y León teniendo en cuenta el anexo I de la Instrucción nº 7/2013 de la Secretaría de Estado de Seguridad las Juntas Locales de Seguridad.

5.9      Participación y colaboración en el programa Ciberexperto y las actividades que se realicen.

5.10   Apoyo y colaboración en algunas de las actividades relacionadas con educación que lleva a cabo la Unidad contra la Violencia sobre la Mujer.

En el presente curso todas las actuaciones del Plan Director se reanudarán presencialmente.

Se han recibido unas directrices (04-09-2021) de la Secretaría de Estado de Seguridad, de la Dirección General de Coordinación y Estudios, que se han dirigido también a las direcciones adjuntas operativas de la Policía Nacional y de la Guardia Civil, sobre el cumplimiento de la Instrucción 7/2013 "Plan Director para la Convivencia y Mejora de la Seguridad en los Centros Educativos y en sus Entornos". Dichas Directrices dicen que se tienen que tener en cuenta las disposiciones normativas e instrucciones esenciales para el sector educativo, acordadas por los Ministerios de Sanidad y de Educación y Formación Profesional para el próximo escolar 2021-2022, aprobado en la Comisión de Salud Pública el 29 de junio de 2021 y ratificado en la Conferencia Sectorial de Educación celebrada el 25 de agosto de 2021.Se dice que se deben priorizar las reuniones telemáticas, la utilización de espacios al aire libre en las actividades complementarias y la comunicación con las familias de forma no presencial pero también se subraya que podrán acudir al centro educativo personas externas al mismo, siempre en el menor número posible que permita el adecuado desarrollo de la actividad, debiendo mantener las medidas de prevención, higiene y promoción de la salud establecidas, de acuerdo con la normativa y el escenario de riesgo que se encuentre la localidad.

Se han puesto estas directrices recibidas en conocimiento de la Consejería de Educación, a través del Director General de Innovación y Formación del Profesorado, para explicarle nuestra intención de comenzar presencialmente el desarrollo del Plan Director con las debidas normas de seguridad sanitaria. La respuesta de la Consejería ha sido favorable. Esta información se ha trasladado a los diferentes responsables de las Subdelegaciones de Gobierno por medio de una reunión por videoconferencia. También se les ha remitido los diferentes anexos para ofertar las actividades y un documento para hacer la memoria.

 

VI.      EJE DE ACCIÓN ESTRATÉGICA: Participación en convenios, programas, cursos, subvenciones, ayudas y becas, premios y concursos que tengan relación con la educación y los centros docentes en Castilla y León.

 (De acuerdo con el R.D. 1330/1997, de 1 de agosto, de integración de servicios periféricos y de estructura de las Delegaciones del Gobierno, le corresponde al Delegado del Gobierno la representación de los respectivos Departamentos en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma, así como la cooperación, coordinación y comunicación con las Comunidades Autónomas y Entidades locales, en relación con las funciones propias, en este caso del Área del Alta Inspección).

ACTUACIONES:

6.1  Difusión, cooperación, coordinación y, en su caso, seguimiento de los convenios, becas, ayudas, concursos, premios, subvenciones y programas aprobados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional que tienen incidencia en Castilla y León.(Anexo I).

En la ORDEN EDU/1186/2021, de 1 de octubre, por la que se aprueba el plan de actuación de las áreas de programas educativos de las direcciones provinciales de educación para los cursos escolares 2021/2022 y 2022/2023, se contempla en el anexo II, referido a las actuaciones ordinarias, algunas que tienen relación directa con el trabajo del Área de la Alta Inspección educativa en CyL:

-     Programa para la orientación, avance y enriquecimiento educativo PROA+ (2021-2023) de reforzamiento institucional, de capacidad de transformación y formativo de los centros que presentan mayor complejidad educativa, a través de la cooperación entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Comunidad de Castilla y León.

-     Programas relacionados con la Agenda 2030, entre otros. Programas nacionales «Centros de Educación Ambiental», y «Recuperación y utilización educativa de pueblos abandonados».

-     Programas relacionados con la solidaridad, la cooperación al desarrollo, los derechos y los valores. Colaboración con distintas instituciones y organizaciones para promover la solidaridad, la igualdad, el buen trato y la lucha contra el acoso, la cooperación, los valores y los derechos de la infancia y la ciudadanía global, en los centros educativos, entre otros, Premio Valores Democráticos (Fundación Valsaín); concurso «Qué es un Rey para ti»; programas de la plataforma educativa eduCaixa; y programas, actividades y reconocimientos de UNICEF y Save the Children.

-     Programas relacionados con el fomento de la salud y la prevención en distintos ámbitos, entre otros, drogodependencias, igualdad de oportunidades, educación afectivo-sexual, distribución gratuita de frutas y leche, educación vial, prevención de riesgos laborales, prevención del cáncer, campaña escolar para la prevención de la fatiga visual, higiene postural en el escolar, sello vida saludable en colaboración con el Ministerio de Educación y Formación Profesional, y deporte para la educación y salud.

-     Plan director para la convivencia y seguridad en los centros educativos y sus entornos.

-     Impulso y difusión de otras convocatorias del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

-     Programas relacionados con la formación profesional: Proyectos Aula Empresa, Formación Profesional Dual, formación en centros de trabajo, bilingüismo, formación de los profesores de formación profesional, campeonatos Skills, así como actuaciones relacionadas con la certificación de Centros de Excelencia Profesional y el Plan de Modernización de la Formación Profesional.

6.2      Elaboración de informes motivados sobre el seguimiento y evaluación de centros con el distintivo de calidad “Sello de Vida Saludable” en coordinación y colaboración con los Servicios centrales de la Inspección Educativa en Castilla y León. (Ver Anexo V.2)

6.3      Elaboración de informes motivados sobre el seguimiento y evaluación de centros que han participado en el Concurso Nacional de Buenas Prácticas en coordinación y colaboración con los Servicios centrales de la Inspección Educativa en Castilla y León. (Ver Anexo I )

6.4      Colaborar y participar en los Convenios de cooperación educativa entre las Universidades y la Administración General del Estado para la realización de prácticas externas por parte de los estudiantes de grado o máster en la Delegación del gobierno y en las Subdelegaciones de Gobierno en Castilla y León. Se ha elaborado por la Secretaria General de la Delegación del Gobierno en Castilla y León un Programa de prácticas en Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno para el alumnado de las universidades públicas y privadas de Castilla y León”. (Ver anexo VI). Todo ello teniendo en cuenta el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios. Es un tema que se ha trabajado de forma coordinada con el Secretario General y la Vicesecretaria y sobre el que vamos a poner mucho empeño en los objetivos y tareas que se planifican en el programa.

6.5      Participación y colaboración en el IV Plan de Gobierno Abierto 2020-2024[11]. En particular se llevarán a cabo las siguientes actuaciones siendo responsable el Ministerio de Educación y formación Profesional:

-       Mejora de las competencias profesionales de las personas participantes en las actividades desarrolladas por las Aulas Mentor, en ámbitos de especial proyección que requieran el desarrollo de la competencia digital.

-       Mejora de las competencias profesionales de las personas participantes en las actividades desarrolladas por las Aulas Mentor que tengan como referente sectores emergentes, con potencial económico en el entorno del que se trate y para conseguir una mayor diversificación de la economía rural.

-       Facilitar la participación en procesos de acreditación de competencias profesionales adquiridas por vías no formales de formación.

-       Contribuir, de forma complementaria, a fijar población en el entorno rural, reforzando con ello al conjunto de respuestas articuladas frente al reto demográfico.

-       Ayudar a mitigar las asimetrías de género en el contexto rural promocionando el acceso de la mujer a oportunidades de formación que refuercen su cualificación profesional, nivel de empleabilidad y posibilidades de emprendimiento, así como el ejercicio de los derechos fundamentales constitucionalmente reconocidos en condiciones de igualdad, con independencia del lugar de residencia.

-       Participación y colaboración en aquellas otras actuaciones que se planifiquen desde el Ministerio de Hacienda y Función Pública, en colaboración con el Ministerio de Educación y Formación Profesional.

6.6    Elaboración de un documento de actualización permanente que se adjunta en este plan en forma de anexos con el fin de recoger, actuaciones e inversiones a través de subvenciones, ayudas, becas y demás acciones del MEFP. Estos son a fecha de hoy los apartados que abarca:

-     Convenios, becas, ayudas, concursos, premios y subvenciones aprobados por el ministerio de educación y formación profesional que tienen incidencia en la administración educativa y en la comunidad escolar de castilla y león

-     Régimen de becas y ayudas al estudio.

-     Otras ayudas o subvenciones del ministerio de educación y formación profesional que repercuten en castilla y león con motivo de la covid-19.

-     Planes institucionales que tienen incidencia en los centros educativos.

-     Otras actuaciones del ministerio de educación y formación profesional que repercuten en la administración educativa y en la comunidad escolar de castilla y león

-     Convenios entre la universidades y las subdelegaciones de gobierno en Castilla y león

-     Datos y cifras del curso escolar 2020/2021.

 

VII.     EJE DE ACCIÓN ESTRATÉGICA: Análisis y difusión del desarrollo legislativo de la Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, LOMLOE (2020)

ACTUACIONES:

7.1.    Análisis y estudio del desarrollo legislativo de la Ley Orgánica LOMLOE por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

7.2.    Elaboración de un documento-resumen con las principales novedades y temas sustanciales de la propuesta curricular de las diferentes etapas educativas.

7.3.    Información a la Comunidad Escolar sobre la normativa básica sobre el currículo y otras normas que publique el MEFP

7.4.    Participación sobre actos a los que sea invitado la Delegada del Gobierno o a los Subdelegados para debate o información del desarrollo legislativo de la LOMLOE (2020).

 

VIII.   EJE DE ACCIÓN ESTRATÉGICA: Tratamiento de la diferente información legal, académica, institucional y de prensa y elaborar estadísticas, indicadores, resúmenes, reseñas y estudios técnicos.

ACTUACIONES:

8.1      Recopilación, análisis y archivo de Jurisprudencia en materia de Educación, para su posterior utilización.

8.2      Síntesis de la Estadística de la Enseñanza en España niveles no universitarios del Ministerio de Educación y Formación Profesional los datos referidos a Castilla y León.

8.3      Extracto del Informe del Consejo Escolar de Castilla y León las cuestiones referidas a las competencias del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

8.4      Recopilación del Informe del Consejo Escolar del Estado aquellos temas referidos a las competencias que establece la Ley Orgánica de 2/2006 de Educación de 3 de mayo para la alta inspección educativa.

8.5      Elaboración de resúmenes para su difusión de estudios, informes, investigaciones, etc., de Organismos nacionales e internacionales en el campo de la educación: Gobierno de España, Gobiernos de Comunidades Autónomas, Naciones Unidas, UNESCO, Unión Europea, OCDE, EURYDICE, etc.

8.6      Creación de una base de datos de acceso a prensa escolar nacional (revista Escuela, Magisterio, El Diario de la Educación, etc.) autonómica y sindical regional para hacer reseñas que tengan que ver con las funciones del Área y de la Delegación del Gobierno.

8.7      Elaboración de un informe, dada la preocupación social que existe al respecto, sobre el sistema de acceso a la Universidad (EBAU) teniendo en cuenta las pruebas y datos de Castilla y León.

8.8      Confección de resúmenes y extractos para su difusión de documentos esenciales para el derecho a la educación:

-     Convención sobre los derechos del niño.

-     Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad.

-     Agenda 2030 para el desarrollo sostenible.

-     Pilar europeo de los derechos sociales de la Unión Europea.

-     Protocolo básico de intervención contra el maltrato infantil.

-     Informe sobre la infancia, la adolescencia y la familia.

-     Informe Raxen del Movimiento contra la Intolerancia: Racismo, Xenofobia, Antisemitismo, Islamofobia, Neofascismo, etc.

-     De la segregación socioeconómica a la educación inclusiva. Save the Children.

-      EL desempeño de la Unión Europea en la consecución de los objetivos de desarrollo sostenible (ODS).

-     Panorama de la Educación: Indicadores de la OCDE 2021. Informe español.

-     Resolución del Consejo relativa a un marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación con miras al Espacio Europeo de Educación y más allá (2021-2030)

-     Otros.

8.7. Elaboración de resúmenes de las evaluaciones nacionales e internacionales que incidan en la educación en Castilla y León. PISA, TALIS, etc.

 

IX.      EJE DE ACCIÓN ESTRATÉGICA: Elaboración de informes motivados y respuestas a cuestiones planteadas al Área de AI, así como asesoramiento a los ciudadanos que lo soliciten en materia de educación.

ACTUACIONES:

9.1.    Preparación de informes motivados a solicitud de la Delegada del Gobierno o del Subdelegado del Gobierno de Valladolid.

9.2.    Realización de informes motivados a solicitud de los órganos directivos del Ministerio de Educación y Formación Profesional tramitados a través de la Subdirección General de Centros, Inspección y Programas.

9.3.    Elaboración de informes motivados referidos a preguntas parlamentarias a instancias de representantes de diferentes grupos parlamentarios.

9.4.    Elaboración de informes motivados a solicitud de organismos, asociaciones u organizaciones no gubernamentales de Castilla y León.

 

X.        EJE DE ACCIÓN ESTRATÉGICA: Participación institucional en la Delegación del Gobierno en CyL y en la Subdelegación del Gobierno en Valladolid.

ACTUACIONES:

10.1. Acompañamiento y/o representación de la Delegada del Gobierno y del Subdelegado en aquellos actos institucionales que consideren oportunos.

10.2. Participación en las reuniones de coordinación de los Directores de las diferentes Áreas de la Delegación del Gobierno.

10.3. Participación en el Consejo Municipal de Educación del Ayuntamiento de Valladolid.

10.4. Participación en las reuniones que proceda con la Consejería de Educación, en especial con la Dirección General de Centros, Planificación y Ordenación Educativa quien tiene la competencia de la interlocución con los órganos correspondientes del Ministerio competente en materia de educación, así como con la Inspección Central.

 

XI.      EJE DE ACCIÓN ESTRATÉGICA: Respuesta a determinadas circunstancias que afectan a la educación, derivadas de la pandemia a causa de la COVID19.

ACTUACIONES:

11.1. Análisis de legislación que la Comunidad Autónoma publique en relación con medidas originadas por la pandemia.

Señalar que este eje de acción estratégica sigue teniendo una especial incidencia transversal en buen número de los procedimientos de actuación del Área. En concreto, cabe señalar, que se ha hecho necesario incrementar la atención telefónica y, en gran medida, el uso del correo electrónico en nuestra atención al público con el objeto de proporcionar un servicio más eficaz. Se sigue manteniendo la cita previa.

 

EVALUACIÓN DEL PLAN

De acuerdo con las indicaciones de la Subdirección General de Centros, Inspección y Programas se elaborará, por una parte, una Memoria con una tabla de forma Excel para indicar los datos cuantitativos que se solicitan y, por otra, se incluirán los comentarios y valoraciones que se estimen oportunos sobre los mismos. Además desde el AI en Castilla y León valoraremos a través de un documento el grado de cumplimiento de los diferentes ejes estratégicos con las respectivas actuaciones e indicaremos unas propuestas de mejora para el curso 2022-2023. Se participará también en los procesos de evaluación que realiza la Delegación del Gobierno en Castilla y León y la Subdelegación del Gobierno en Valladolid con motivo de la aplicación de la Carta de Servicios.

El plan va acompañado de un conjunto de anexos que contienen todo el marco de actuación del Área de Alta Inspección Educación en Castilla y León. Este documento de trabajo permanece “vivo”, de manera que se va actualizando durante todo el año a medida que hay nuevas publicaciones en el BOE, establecimiento de nuevos convenios o resultados de distintas convocatorias.

 

Tabla 1.- Anexos al Plan de Actuación del área de AI de Educación. Elaboración propia.

Anexo I

Convenios, becas, ayudas, concursos, premios y subvenciones aprobados por el ministerio de educación y formación profesional que tienen incidencia en la administración educativa y en la comunidad escolar de Castilla y León.

(Documento basado en el PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2021-2023 para el ejercicio 2021 del Ministerio de Educación y Formación Profesional)

Anexo II

Régimen de becas y ayudas al estudio.

Anexo III

Otras ayudas o subvenciones del MEFP que repercuten en Castilla y León (con motivo de la covid-19, ejercicio presupuestario 2021…)

Anexo IV

Planes institucionales que tienen incidencia en los centros educativos.

Anexo V

Otras actuaciones del ministerio de educación y formación profesional que repercuten en la administración educativa y en la comunidad escolar de Castilla y León.

Anexo VI

Convenios entre las Universidades y la Delegación/las Subdelegaciones de Gobierno en Castilla y León

Anexo VII

Datos y cifras del curso escolar 2021/2022.

(extracto del informe datos y cifras del curso escolar 2021/22 del MEFP)

Anexo VIII

El proyecto de presupuesto del MEFP.

Anexo IX

Estadística de los expedientes del área de alta inspección de educación de la delegación del gobierno en Castilla y León en los cuatro últimos años.

 

 

Financiación

Sin Financiación expresa.

 

Conflicto de intereses

Ninguno.

 

Referencias bibliográficas

Antúnez Marcos, S. (1987). El Proyecto Educativo de Centro. Graó.

Barbera Albalat, V. (1987). Proyecto Educativo, Plan Anual de Centro y Programa docente. Escuela Española.

Barea Romero, C. (2017). Los planes de actuación de la Inspección Educativa. En Vázquez-Cano, E. (coord.). La Inspección y Supervisión de los centros educativos. UNED, 175-200.

Del Pozo Pardo, A. (1971). Organización Escolar. Bibliográfica y Santiago Rodríguez, S.A.

Esteban Frades, S. (2019). La supervisión educativa como función principal de la Inspección. Características y propósitos. Aula, Revista de Pedagogía de la Universidad de Salamanca, 27-58.

Esteban Frades, S. y Bueno Losada, J. (1988). Consenso en valores y proyecto educativo. Cuadernos de pedagogía, 165, 13-17.

García-Casarrubios J.M., Iglesias M.A. y Secadura, T. (1989). La función inspectora en educación. Editorial Escuela Española.

Martín Martín, A. y Manzano Rodrigo A. (2020). Los Planes de Inspección de Educación: Estudio comparado. Supervisión 21, 55.

Moreno J.M. (1984) Organización de Centros de Enseñanza. Edelvives.

Oliver Pozo J. (2019). Los planes de actuación de la inspección educativa. En Castillo García, M.; Mata Silva, V. A. y Palacios Pavón, P.J. (Coords.). La inspección educativa del siglo XXI. Santillana, 93-110.

Pérez Aguilar, J.F. (2019). La Planificación de las actuaciones de la inspección educativa. Avances en supervisión educativa,32.

Rul i Gargallo, J. (1991). El Plan Anual del Centro Educativo. Vicens Vives.

Soler Fiérrez, E. (Coord.) (1993). Fundamentos de Supervisión Educativa. La Muralla.

Soler Fiérrez, E. (2001). La supervisión educativa en sus fuentes. Santillana

 



[1] Real Decreto 2376/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de los órganos de gobierno de los centros públicos de educación general básica, bachillerato y formación profesional.

[2] -Real Decreto 819/1993, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas de educación infantil y de los colegios de educación primaria. -Real Decreto 929/1993, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento orgánico de los institutos de educación secundaria.

[3] Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa.

[4] Real Decreto 334/2004, de 27 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes que imparten las enseñanzas escolares del sistema educativo y en el Cuerpo de Inspectores de Educación.

[5] Decreto 2915/1967, de 23 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Cuerpo de Inspección Profesional de Enseñanza Primaria del Estado.

[6] Real Decreto 1524/1989, de 15 de diciembre, por el que se regulan las funciones y la organización del Servicio de Inspección Técnica de Educación y se desarrolla el sistema de acceso a los puestos de trabajo de la función inspectora educativa.

[7] Orden de 27 de septiembre de 1990 por la que se dictan normas de desarrollo del Real Decreto 1524/1989, de 15 de diciembre, por el que se regulan las funciones y la organización del Servicio de Inspección Técnica de Educación.

[8] Real Decreto 480/1981, de 6 de marzo, sobre el funcionamiento en el País Vasco y Cataluña de la alta inspección del Estado en materia de enseñanza no universitaria

[9] Real Decreto 1982/1983, de 23 de mayo, sobre funcionamiento en las Comunidades Autónomas de la alta inspección del Estado en materia de enseñanza no universitaria.

Real Decreto 1950/1985, de 11 de septiembre, por el que se crean, en materia de enseñanza, los Servicios de alta inspección del Estado.

Real Decreto 2535/1998, de 27 de noviembre de 1998, por el que se crea el área funcional de alta inspección de educación, integrada en la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Real Decreto 1448/2000, de 28 de julio, por el que se crean las áreas funcionales de alta Inspección de Educación integradas en las Delegaciones de Gobierno en las Comunidades Autónomas de Aragón, Asturias, Cantabria, Castilla y León, Castilla­ La Mancha, Extremadura, Madrid, Murcia y La Rioja.

[10] Secretaría de Estado de Educación y formación Profesional. Subdirección General de Inspección (2019). Plan de Actuación de la Alta Inspección del Ministerio de educación y Formación Profesional 2019-2020

[11] El IV Plan de Gobierno Abierto se aprobó el 29 de octubre de 2020. Recoge 10 compromisos que asumen las Administraciones públicas para reforzar la transparencia y la rendición de cuentas, mejorar la participación, establecer sistemas de integridad pública, y formar y sensibilizar a la ciudadanía y al personal empleado público con el objetivo de contribuir a una sociedad más justa, pacífica e inclusiva.